ORDEN 65/2009, de 4 de mayo, de la Consejería de Inmigración y Cooperación, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas y proyectos en el área de integración de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid, y se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2009.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Inmigración y Cooperación
Rango de LeyOrden

Las migraciones internacionales, en el contexto de las sociedades occidentales y, por ende, también de la sociedad española, en la que han experimentado una importancia creciente en los últimos años, como consecuencia de los incrementos significativos de los flujos migratorios que han elegido a nuestro país como punto de destino, constituyen uno de los desafíos más relevantes y tienen una especial trascendencia en los diversos ámbitos en los que, directa o indirectamente, inciden: Económico, social, educativo, laboral, cultural, entre otros. Madrid es la Comunidad en la que conviven más de un millón de personas inmigradas, que representan más del 17 por 100 de su población total. La llegada de inmigrantes a la Comunidad plantea una nueva realidad sociológica y demográfica que afecta al conjunto de la sociedad madrileña.

La Comunidad de Madrid se ha convertido en uno de los más importantes focos de atracción de la población inmigrante en el conjunto nacional, lo que la ha colocado en una situación de privilegio en el diseño y puesta en marcha de políticas y programas de integración para este importante sector de su población, que garanticen su efectiva integración y la adecuada convivencia en el seno de la sociedad madrileña.

Desde el punto de vista cuantitativo, la población inmigrante empadronada en nuestra Comunidad a fecha de 1 de octubre de 2008, de acuerdo con el Informe de la Población Extranjera Empadronada en la Comunidad de Madrid del Observatorio de Inmigración-Centro de Estudios y Datos de la Consejería de Inmigración y Cooperación, alcanza la cifra de 1.109.079 habitantes, el 17,14 por 100 de la población total, lo que supone un incremento de población extranjera de 108.021 personas con respecto a enero de 2007, destacando la presencia de ciudadanos de Rumanía, Ecuador, Marruecos y Colombia.

Para atender a esta nueva realidad el Plan de Integración 2009-2012 de la Comunidad de Madrid constituye el instrumento integral mediante el cual la Consejería de Inmigración y Cooperación, por medio de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, impulsará políticas de apoyo e integración social de los inmigrantes que residen en la Comunidad de Madrid, teniendo como principios rectores la cohesión social, la igualdad de oportunidades, la convivencia sin discriminaciones y la legalidad e integración.

Esta Orden, que establece las bases reguladoras y aprueba la convocatoria de esta línea de subvención para 2009, se enmarca en el inicio de la vigencia del nuevo Plan de Integración 2009-2012 de la Comunidad de Madrid. En dicho marco, y en aras al cumplimiento de los objetivos, tanto generales como específicos, de los distintos ámbitos de actuación previstos en el citado Plan de Integración, los cuales se concretan en actuaciones y medidas en cada uno de ellos, es necesario situar las actividades subvencionables, las cuales están dirigidas a garantizar la atención inicial o acogida, el apoyo y atención social a la mujer inmigrante, la atención a la familia, la integración social y laboral, el apoyo y atención social a jóvenes e hijos de inmigrantes, la sensibilización, la realización de estudios e investigaciones, así como el apoyo al retorno voluntario.

La política de integración social de la población inmigrante desarrollada por la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Inmigración y Cooperación tiene su fundamento legal en el artículo 26.1, apartados 22 y 23, de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificada por Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, que atribuyen a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva, entre otras materias, en deporte y ocio y promoción y ayuda a la tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de atención, entre los cuales se encuentran las personas inmigrantes.

En este contexto y, teniendo en cuenta el Convenio que anualmente se suscribe con el Ministerio de Trabajo e Inmigración, la Consejería de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid viene desarrollando una línea de subvención a instituciones sin ánimo de lucro con el objeto de lograr una plena y eficaz integración de la población inmigrante, mediante la financiación de proyectos y programas de integración de la población inmigrante.

Asimismo, y teniendo en cuenta que entre las acciones subvencionables se encuentran las de integración sociolaboral de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de Integración 2009-2012 de la Comunidad de Madrid, materia que afecta a las competencias propias de la Consejería de Empleo y Mujer y del Servicio Regional de Empleo en materia laboral y de promoción del empleo, se incluye un miembro designado por cada uno de ellos como vocales de la Comisión de Valoración como órgano competente para formular la propuesta de concesión o denegación de subvenciones.

Por todo ello, a través de la presente Orden se procede a la aprobación de las nuevas bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones destinadas al otorgamiento de ayudas a instituciones sin ánimo de lucro para la realización de programas y proyectos en el área de integración de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid, así como a la aprobación de la convocatoria de subvenciones para el año 2009, habiendo introducido nuevas medidas de agilización y simplificación de los trámites administrativos previstos en dicha convocatoria.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma, en todo aquello que constituya legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con lo previsto en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, y demás disposiciones aplicables, y a tenor de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad,

DISPONGO

TÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 18

Bases reguladoras

Artículo 1

Aprobación bases reguladoras

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al otorgamiento de ayudas para la realización por instituciones sin ánimo de lucro de programas y proyectos en el área de integración de la población inmigrante en la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Objeto y acciones subvencionables

  1. El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras de las subvenciones que pueda conceder la Consejería de Inmigración y Cooperación, a través de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, destinadas a ayudar a instituciones sin fines de lucro que promuevan programas o proyectos específicos, ya sean de nueva creación o que por su interés y resultados resulte su continuidad de manifiesta necesidad.

  2. Se entenderá por programa aquel conjunto de actuaciones de carácter integral, que se materializarán a través de actuaciones de acuerdo con los objetivos específicos del mismo y cuya duración será superior a un año.

  3. Se entenderá por proyecto el referido a cada una de las acciones subvencionables, que se materializarán a través de acciones de carácter concreto y cuya duración será como máximo de un año.

  4. Los proyectos o programas habrán de referirse solamente a una de las acciones subvencionables siguientes:

  5. Atención inicial o acogida. Iniciativas que contemplen el diseño de itinerarios de inserción social individual, familiar, grupal, promoviendo la participación activa de los interesados, así como el acompañamiento y seguimiento social precisos para favorecer su autonomía y garantizar la incorporación de los inmigrantes en nuestra sociedad.

  6. Apoyo y atención social a la mujer inmigrante. Iniciativas de carácter integral, cuyo objetivo sea proporcionar atención social, acogida, apoyo técnico o profesional a mujeres inmigrantes, solas o con hijos menores, víctimas de violencia de género o de redes de tráfico y explotación sexual, carentes de recursos y redes familiares o sociales de apoyo. Diseñarán itinerarios individuales de integración sociolaboral, acciones de acompañamiento y seguimiento, y se complementarán con intervenciones a nivel individual o grupal.

  7. Atención a la familia. Actuaciones que tienen por objeto la intervención social en torno a la reagrupación e instalación del grupo familiar en el nuevo medio, a través de la información, el acompañamiento social, apoyo y seguimiento en el proceso de adaptación, con el que se facilite el acceso a los recursos educativos, de integración sociolaboral, de vivienda o de cualquier otra índole.

  8. Integración sociolaboral. Iniciativas cuya puesta en marcha favorezca la plena integración de las personas inmigrantes, que incluyan acciones formativas enmarcadas en proyectos integrales de incorporación a la sociedad de acogida, que promuevan la enseñanza del idioma español, la integración en el nuevo medio social y el desarrollo de habilidades sociales, mediante intervenciones a nivel individual y grupal, con el fin de lograr su plena participación en aquella.

  9. Apoyo y atención social a jóvenes inmigrantes. Actuaciones de carácter integral que contemplen intervenciones sociales dirigidas principalmente a los hijos de inmigrantes, mediante el fomento de actuaciones encaminadas a la prevención de la delincuencia, conflictos juveniles y la pertenencia a bandas o sectas.

  10. Sensibilización y cultura y deporte. Iniciativas que promuevan acciones enriquecedoras y de progreso social a través del intercambio cultural, del conocimiento y comprensión mutuas entre la población inmigrante y la...

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