ORDEN 50/2006, de 3 de marzo, de la Consejería de Inmigración, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el apoyo al funcionamiento de asociaciones de inmigrantes en la Comunidad de Madrid, durante el año 2005.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Inmigracion
Rango de LeyOrden

ORDEN 50/2006, de 3 de marzo, de la Consejería de Inmigración, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el apoyo al funcionamiento de asociaciones de inmigrantes en la Comunidad de Madrid, durante el año 2005.

La Orden 44/2005, de 24 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 287, de 2 de diciembre de 2005), de la Consejería de Inmigración, tiene por objeto regular los requisitos y condiciones a que deberá ajustarse la concesión de subvenciones durante el año 2005 para el apoyo al funcionamiento de asociaciones de inmigrantes.

De acuerdo con la Base Reguladora Quinta de dicha Orden, la propuesta de concesión o denegación de subvenciones se realizará al órgano concedente por una Comisión de Valoración.

Vista la propuesta de la citada Comisión,

RESUELVO

Primero

Conceder subvenciones para el apoyo al funcionamiento, a las entidades y en la cuantía que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, que se financiarán con cargo a la partida 48090 del Programa 981 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Denegar las subvenciones solicitadas por las entidades promotoras relacionados en el Anexo II, por las causas que en el mismo se indican.

Tercero

La subvención será abonada una vez se haya justificado por los beneficiarios la ejecución del proyecto o actividades subvencionadas, mediante la presentación, antes del 15 de junio de 2006, de los justificantes previstos en la base novena y artículo 6 de la Orden 44/2005, de 24 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 287, de 2 de diciembre).

El importe de la subvención concedida será transferido a la cuenta y entidad bancaria designada por cada una de las entidades en la solicitud de subvención.

Cuarto

En todo impreso o medio por el que se anuncie o se aluda a la actividad objeto de esta subvención, se hará constar que se desarrolla en colaboración con la Consejería competente en materia de inmigración, y llevará el símbolo identificativo de la Comunidad de...

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