ORDEN 6522/2002, de 26 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social, a iniciar durante el año 2002, en las modalidades de Formación-Empleo, Talleres Profesionales y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales y otras actuaciones complementa

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 6522/2002, de 26 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social, a iniciar durante el año 2002, en las modalidades de Formación-Empleo, Talleres Profesionales y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales y otras actuaciones complementarias y se autoriza a impartir estos programas a las entidades subvencionadas y las adscribe a centros públicos.

Por Orden 2546/2002 del Consejero de Educación de 5 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

del 10 de junio), fueron convocadas subvenciones para el desarrollo de programas de Garantía Social, a iniciar durante el año 2002, en las modalidades de Formación-Empleo en colaboración con Corporaciones Locales y Asociaciones Empresariales sin ánimo de lucro, Talleres Profesionales en colaboración con entidades privadas sin fines de lucro y para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales, en colaboración con entidades privadas sin fines de lucro y otras actuaciones complementarias.

Dicha Orden determina en la disposición 10.4 que se autorizará a impartir estos programas a las entidades subvencionadas y las adscribirá a centros públicos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes referido en la disposición 8.2 de la Orden de convocatoria y remitida en los plazos previstos en la citada disposición la documentación presentada por las entidades solicitantes, así como los documentos relacionados en la disposición 8.1, 8.2 y 8.3 por parte de las Direcciones de Área Territoriales, la Comisión de Selección citada en la disposición 9.3, efectuó propuesta provisional de concesión y denegación de subvenciones.

La Comisión de Selección procedió al trámite de audiencia de los interesados para que en el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la propuesta provisional de concesión, presentaran cuantas alegaciones consideraran oportunas, de acuerdo con el artículo 6.3 del Decreto 76/1993.

Revisados los expedientes de aquellas entidades que realizaron alegaciones, la Comisión de Selección elevó al Consejero de Educación, para su resolución definitiva, propuesta de las actuaciones que deban ser financiadas con especificación de las mismas, así como informe de la evaluación de la totalidad de los proyectos conforme a los criterios de valoración referidos...

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