ORDEN 2219/2006, de 14 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores para el año 2007.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Familia y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2003, de 27 de enero, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid prevé, en su artículo 17, como actuaciones propias de la acción protectora del sistema público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, la existencia de prestaciones económicas concedidas a personas o familias para facilitar su integración social y apoyar el cuidado de personas dependientes.

En la Comunidad de Madrid desde el año 1990 se viene desarrollando un programa de acogimiento familiar para personas mayores en el que se contempla la posibilidad de conceder, en determinados supuestos, a los beneficiarios del programa, una ayuda individual para sufragar los gastos de acogida y asistencia en el hogar.

El artículo 75 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en su redacción dada por la Disposición Adicional Primera de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, contempla, entre otros aspectos, la necesidad de establecer, con carácter previo a la concesión de ayudas y subvenciones, las oportunas bases, según desarrollo efectuado por el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, regula, entre otros extremos, los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones y el contenido de las bases reguladoras de estas.

La Orden 2328/2005, de 22 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores.

A fin de dar cumplimiento a lo establecido en las normas antedichas, y en virtud de las facultades que me concede la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo primero

Objeto

  1. ??El objeto de la presente Orden es convocar ayudas individuales para las personas mayores atendidas en régimen de acogimiento familiar para sufragar los gastos de acogida y asistencia en un hogar, con el fin de evitar la institucionalización y procurar una vida normalizada.

  2. ??La concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria se ajustará a las bases reguladoras establecidas por la Orden 2328/2005, de 22 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se regula la concesión de ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 17 de enero de 2006).

Artículo segundo

Requisitos de los beneficiarios

  1. o??Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid durante los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

  2. o??Tener cumplidos los sesenta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda, o sesenta en el caso de personas que precisen ayuda para la realización de las actividades de la vida diaria.

  3. o??Tener unos ingresos personales netos, en cómputo mensual, no superiores a 665 euros y carecer de bienes muebles e inmuebles que le permitan acceder a otros recursos.

  4. o??Precisar, por sus circunstancias económicas, personales y sociales, de estas ayudas y que a criterio de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales estas mismas circunstancias le...

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