DECRETO 251/2001, de 8 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas en la Universidad 'San Pablo'-CEU de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre Creación y Reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, dictado en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, prevé que es competencia de las distintas Comunidades Autónomas la autorización de nuevas enseñanzas y el reconocimiento de nuevos centros en las universidades privadas de su ámbito territorial.

La Universidad "San Pablo"-CEU, ha solicitado la implantación, para el curso académico 2001-2002, de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Ingeniero en Informática. Esta enseñanza venía establecida en el Anexo de la Ley 8/1993, de 19 de abril, de Reconocimiento de la Universidad "San Pablo"-CEU, entre las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales iniciales de la Universidad. Asimismo, en el artículo 3 de la misma Ley, se establecía un plazo de seis meses para autorizar, mediante Real Decreto, la puesta en funcionamiento de la Universidad y la homologación de los títulos oficiales de esas enseñanzas. Este mandato se cumplió, en parte, por el Real Decreto 149/1994, de 4 de febrero, que autorizó la puesta en funcionamiento de la mayoría de las enseñanzas autorizadas por la Ley, estableciendo la Disposición Adicional única que las restantes, entre las que se encontraba la Ingeniería Informática, deberían iniciarse en los cursos académicos 1994-1995 y 1996-1997. Mediante Decreto 111/1997, de 11 de septiembre, se aplazaba la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Ingeniero en Informática hasta nueva propuesta de la Universidad.

Por otra parte, la Universidad solicita adscribir estas enseñanzas a la Escuela Politécnica Superior. Este centro ha sido reconocido por la Comunidad de Madrid mediante Decreto 147/2001, de 6 de septiembre, y a él se adscribieron todas las enseñanzas de ingenierías, ingenierías técnicas, arquitectura y arquitectura técnica que en el mismo Decreto se autorizaban. La integración de todas estas disciplinas en un único centro posibilitará el desarrollo de proyectos interdisciplinares, así como la oferta de asignaturas optativas comunes para las ingenierías.

Vista la memoria presentada por la Universidad en la que se reflejan los compromisos para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 58 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma...

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