DECRETO 71/2003, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas y el cambio de denominación, creación y supresión de Centros en la Universidad Europea de Madrid, con efectos del curso académico 2003-2004.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 71/2003, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantaciÛn de enseÒanzas y el cambio de denominaciÛn, creaciÛn y supresiÛn de Centros en la Universidad Europea de Madrid, con efectos del curso acadÈmico 2003-2004.

La Universidad Europea de Madrid ha solicitado la implantaciÛn, para el curso acadÈmico 2003-2004, de las enseÒanzas conducentes a la obtenciÛn del tÌtulo de Arquitecto TÈcnico, de cuya gestiÛn y organizaciÛn administrativa se encargar· la Escuela Superior de Arte y Arquitectura. Asimismo, la Universidad ha solicitado la modificaciÛn de su estructura mediante la creaciÛn de nuevos centros, la supresiÛn y el cambio de denominaciÛn de otros. Esta propuesta responde a criterios acadÈmicos y de gestiÛn que buscan la cooperaciÛn, el intercambio disciplinar y la mejora de la calidad de los procesos, puesto que supone agrupar en tres Centros todas las enseÒanzas que con anterioridad dependÌan de la gestiÛn de ocho.

Por otro lado, la Universidad solicita iniciar en el curso acadÈmico 2003-2004 la implantaciÛn de las enseÒanzas conducentes a la obtenciÛn del tÌtulo de Maestro, especialidad en EducaciÛn FÌsica. Estas enseÒanzas se contemplaban entre las inicialmente autorizadas por la Ley 24/1995, de 17 de julio, de Reconocimiento de la Universidad, si bien, su implantaciÛn quedÛ demorada hasta una posterior peticiÛn de la Universidad.

Vista la memoria presentada por la Universidad en la que se reflejan los compromisos para el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Org·nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creaciÛn y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios y dem·s normativa vigente, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de CoordinaciÛn Universitaria de la Comunidad de Madrid, y teniendo en cuenta que con car·cter previo a la puesta en funcionamiento de las enseÒanzas se acreditar· la disponibilidad de los medios docentes y materiales que garanticen su adecuado desarrollo, asÌ como la homologaciÛn de los correspondientes planes de estudio conforme a lo previsto en el artÌculo 35 de la Ley Org·nica de Universidades, procede autorizar la implantaciÛn de las nuevas enseÒanzas, asÌ como el reconocimiento de nuevos centros.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y AdministraciÛn de la Comunidad de Madrid, y en el artÌculo 12, en...

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