DECRETO 130/2003, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas en Universidades Privadas de Madrid, con efectos del curso académico 2003-2004.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 130/2003, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas en Universidades Privadas de Madrid, con efectos del curso académico 2003-2004.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que es competencia de las distintas Comunidades Autónomas la autorización de nuevas enseñanzas en las Universidades Privadas en su ámbito territorial.

La Universidad Antonio de Nebrija ha solicitado la implantación para el curso 2003-2004 de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado. Asimismo, solicita con efectos del curso 2003-2004 el inicio de la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Traducción e Interpretación, previstas en la Ley 23/1995, de 17 de julio, de Reconocimiento de la Universidad, y cuya implantación quedó demorada hasta una posterior petición de la Universidad.

Por otro lado, la Universidad Francisco de Vitoria solicita la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Licenciado en Biotecnología y Diplomado en Fisioterapia, con efectos del curso académico 2003-2004.

La Universidad Europea de Madrid ha solicitado la implantación, para el curso académico 2003-2004, de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Humanidades, previstas en la Ley 24/1995, de 17 de julio, de reconocimiento de la Universidad, si bien su implantación quedó demorada hasta una posterior solicitud de la Universidad.

Por último, la Universidad San Pablo-CEU solicita la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Medicina, con efectos del curso 2003-2004. El primer ciclo de esta enseñanza se venía impartiendo desde 1973 en el Colegio Universitario San Pablo-CEU, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid. De acuerdo con la Disposición Transitoria Única de la Ley 8/1993, de reconocimiento de la Universidad San Pablo-CEU, la progresiva implantación de enseñanzas en esta Universidad supondrá la extinción de las mismas en el Colegio Universitario San Pablo-CEU. Por ello, la implantación de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Medicina implicará su progresiva extinción, curso a curso, en el centro adscrito.

Para ello, la Universidad Complutense de Madrid y la entidad titular del Centro deberán suscribir un convenio en el que esta

blezcan el período y la forma de extinción de estas enseñanzas en el Centro adscrito, respetando, en todo caso, la forma de extinción que para los planes de estudio prevé el artículo 11.3 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre. Por otro lado, teniendo en cuenta los límites de plazas en estas enseñanzas, la Universidad San Pablo-CEU no podrá ofertar un número superior a las que hasta ahora venía ofertando el Centro adscrito a la Universidad Complutense. Esta propuesta ha contado con el informe favorable...

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