Orden 305/2008, de 18 de abril, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen los servicios mínimos en la Consejería de Sanidad durante la huelga convocada por las organizaciones sindicales CC OO, CSIT-UP y UGT .

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

Vistos los antecedentes obrantes en esta Consejería, relativos a la convocatoria de huelga, que afecta al personal adscrito al Área Sanitaria-Asistencial que realiza funciones de inspección, salud pública, sanitarias, asistenciales, análogas o equivalentes, que prestan servicios en el ámbito de la Consejería de Sanidad, y examinados los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Mediante escrito de fecha 9 de abril de 2008, las organizaciones sindicales CC OO, CSIT-UP y UGT ponen en conocimiento de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid su decisión de convocar huelga, que afecta:

— A los profesionales adscritos al Área Sanitaria-Asistencial (Área D) del convenio colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid,

— Al personal funcionario de Cuerpos y Escalas con funciones de inspección, salud pública, sanitarias, asistenciales, análogas o equivalentes del acuerdo sectorial para el personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Las categorías profesionales convocadas a la huelga son:

— Personal laboral:

l Titulados Superiores Especialistas: Médicos Especialistas, Psicólogos, etcétera.

l Titulados Superiores: Médicos, Psicólogos, Farmacéuticos, Veterinarios, etcétera.

l Titulados Medios Especialistas: Matronas.

l Titulados Medios: Trabajadores Sociales, Diplomados en Enfermería, Fisioterapeutas, Terapeutas ocupacionales, etcétera.

l Técnicos Especialistas I.

l Auxiliares de Enfermería, Técnicos Auxiliares.

— Personal funcionario:

l Personal funcionario del Grupo A1: Cuerpos de Administración Especial de Técnicos Superiores de Salud Pública, Cuerpos de Administración Especial de Inspección Sanitaria y/o con funciones análogas o equivalentes.

l Personal funcionario del Grupo A2: Cuerpos de Administración Especial de Técnicos Superiores de Salud Pública y Diplomados en Salud Pública, de Subinspección Sanitaria, de Técnicos y Diplomados Especialistas y/o con funciones análogas o equivalentes.

l Personal funcionario del Grupo C1: Cuerpo de Administración Especial de Técnicos Auxiliares y/o con funciones análogas o equivalentes.

l Personal funcionario del Grupo C2: Cuerpo de Administración Especial de Auxiliares Especialistas y/o con funciones análogas o equivalentes.

Tercero

En el ámbito de la Consejería de Sanidad los centros afectados por la presente huelga son:

— Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad.

— Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid.

— Instituto de Salud Pública.

— Servicio Madrileño de Salud (Dirección, Coordinación y SERMAS).

— Centros asistenciales no hospitalarios.

— Centros de Salud Mental.

— Centros hospitalarios (red hospitalaria de la Comunidad de Madrid no transferida).

— SUMMA 112.

Cuarto

Los paros totales se desarrollarán durante las jornadas laborales de los siguientes días:

— Desde las veintidós horas del día 22 de abril hasta las veintidós horas del día 23 de abril de 2008.

— Desde las veintidós horas del día 27 de mayo hasta las veintidós horas del día 28 de mayo de 2008.

Quinto

Notificada al Comité de Huelga la convocatoria...

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