ORDEN 3694/2009, de 28 de julio, por la que se establece para la Comunidad de Madrid la distribución horaria de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial de las modalidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Invierno, Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la Ordenación General de las Enseñanzas Deportivas de régimen especial, en su disposición transitoria segunda , mantiene la vigencia de los títulos y enseñanzas en las modalidades y especialidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Montaña y Escalada, Deportes de Invierno y Fútbol, que fueron establecidas al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y para los cuales la Comunidad de Madrid ha establecido los correspondientes currículos.

Mediante las disposiciones finales primera a quinta del Decreto 57/2009, de 2 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid los currículos y la prueba de acceso correspondientes a las Enseñanzas Deportivas de régimen especial de la modalidad de Baloncesto, así como los requisitos mínimos que deben cumplir los centros docentes en que se impartan, se ha incorporado la materia Inglés Técnico al bloque complementario correspondiente al grado superior de todas estas enseñanzas.

Teniendo, asimismo, en cuenta que las enseñanzas de algunas modalidades o especialidades deportivas, por el ámbito en que se desarrollan, están sujetas a condiciones de temporalidad y conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que prevé que la oferta de estas enseñanzas podrá permitir compatibilizar su impartición con otras actividades deportivas, laborales o de otra índole, es preciso determinar los criterios que los centros deberán aplicar en la elaboración del calendario escolar así como los horarios lectivos de cada modalidad o especialidad deportiva.

La Consejería de Educación es competente para regular los aspectos antedichos, de acuerdo con el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.

En virtud de lo anterior y a propuesta de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales,

DISPONGO

Artículo 1

Ámbito de aplicación

La presente Orden será de aplicación en los centros docentes públicos y en los privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan Enseñanzas Deportivas de régimen especial en las modalidades y especialidades de Atletismo, Baloncesto, Balonmano, Deportes de Invierno, Deportes de Montaña y Escalada y Fútbol.

Artículo 2

Duración de las enseñanzas

La duración de las enseñanzas y la carga lectiva de los bloques y módulos formativos de cada nivel y grado son las establecidas...

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