ORDEN 2064/1999, de 25 de junio, de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Mecánica y Emisorista) (Grupo IV, Nivel 3, Área B), correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 1997.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

De conformidad con el Decreto 134/1997, de 16 de octubre, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1997 y aprobadas, mediante Orden 3749/1998, de 30 de diciembre, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de enero), las bases generales de convocatoria que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de plazas de carácter laboral correspondientes a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1997 y 1998, en turno simultáneo de promoción interna y libre, posteriormente modificadas por la Orden 1539/1999, de 27 de mayo, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de junio), debe procederse a convocar las pruebas selectivas para el acceso a la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Mecánica y Emisorista) (Grupo IV, Nivel 3, Área B).

En virtud de cuanto antecede y en uso de las competencias conferidas por el artículo 8.2, apartado I, de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y el artículo 2.b) 12 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, esta Consejería ha dispuesto aprobar las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan, mediante el sistema de concurso-oposición, pruebas selectivas para la cobertura de las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente convocatoria, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1997.

1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Orden 3749/1998, de 30 de diciembre, del Consejero de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales de convocatoria que han de regir los procesos selectivos para la cobertura de plazas de carácter laboral correspondientes a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1997 y 1998, en la redacción que le ha sido dada por la Orden 1539/1999, de 27 de mayo, de la Consejería de Hacienda; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de abril; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Decreto 134/1997, de 16 de octubre; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de mayo); las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3. Desde la fecha de constitución del tribunal hasta la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la relación definitiva de aspirantes que superen el proceso selectivo habrá de transcurrir un máximo de seis meses, salvo que circunstancias excepcionales justifiquen un plazo superior que en ningún caso excederá de nueve meses.

Segunda

Competencia

2.1. Para el presente proceso selectivo, se atribuye a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional la competencia a la que se refiere la base cuarta de la Orden 3749/1998, de 30 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de enero de 1999), de la Consejería de Hacienda.

2.2. Corresponde al Director General de la Función Pública el nombramiento del Tribunal calificador, y la publicación de la

relación definitiva de aspirantes que superen el presente proceso selectivo, en la forma establecida en las bases quinta y octava de la referida Orden, respectivamente, así como la adjudicación de destinos de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

Tercera

Requisitos de los aspirantes

3.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas y poder acceder, en su caso, a las plazas convocadas, los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en la base segunda de la Orden 3749/1998, de 30 de diciembre, de la Consejería de Hacienda.

3.2. Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación académica o experiencia profesional sustitutoria exigidos en el Anexo I de esta convocatoria.

3.3. Los requisitos exigidos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Cuarta

Aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios

Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones en tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada.

Quinta

Solicitudes

5.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo IV a las presentes bases y serán facilitadas gratuitamente en cualquier oficina de "Caja Madrid", en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías cuyas direcciones figuran en el Anexo VI. Igualmente, dichas solicitudes podrán ser facilitadas por las Organizaciones Sindicales de la Comunidad de Madrid.

5.2. Cumplimentación de la solicitud:

5.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado.

¾ En el apartado número 2 "Datos de la Convocatoria" deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos:

Número de Orden de convocatoria. Fecha de Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Código de la categoría profesional a la que se concurre:

-Técnico Auxiliar:

Mecánica: 330321.

Emisorista: 330322.

¾ En el apartado número 6, los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa de derechos de examen conforme a la base 5.4.2, harán constar "0000 pesetas" en el espacio destinado al efecto.

A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley 5/1992, de 25 de octubre, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de la Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas.

5.2.2. Los aspirantes deberán indicar en el apartado correspondiente de la solicitud si desean o no formar parte de la bolsa de trabajo a que se refiere la base duodécima de la presente convocatoria. De no constar por escrito su solicitud serán incluidos de oficio, sin perjuicio de que el aspirante pueda manifestar su voluntad en contrario una vez configurada ésta.

5.3. Presentación de solicitudes: Lugares, formas y plazo.

5.3.1. Las solicitudes podrán presentarse en los siguientes lugares y formas:

  1. En cualquiera de las Oficinas de "Caja de Madrid".

  2. En el Registro General de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3) y en los registros de todas las Consejerías cuyas direcciones figuran en el Anexo VI de esta convocatoria.

  3. Telefónicamente a través de los servicios telefónicos de "Caja de Madrid", llamando al número 915 906 044. El aspirante deberá facilitar todos los datos requeridos. En este caso, el pago de la tasa por derechos de examen se realizará mediante cargo en cuenta de "Caja Madrid", a través de tarjeta de crédito o débito de cualquier Banco o Caja de Ahorros. De utilizar esta forma de presentación de instancias, los aspirantes deberán personarse en la Dirección General de la Función Pública, Servicio de Selección (plaza de Chamberí, número 8), a partir del segundo día a contar desde aquel en que termine el plazo de presentación de instancias y durante los quince días siguientes, a efectos de firmar el modelo de instancia donde consten los datos facilitados telefónicamente a los servicios de "Caja de Madrid".

  4. En cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Los aspirantes deberán presentar tantas solicitudes como especialidades a las que opten, conforme a la relación de plazas consignadas en el Anexo I de la presente convocatoria.

    5.3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    5.4. Tasa por derechos de examen.

    5.4.1. Conforme a la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y la Disposición Adicional Primera de la Ley 26/1998, de 28 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 30 de diciembre), la tasa por derechos de examen será de 1.220 pesetas, que serán ingresadas en cualquier oficina de la "Caja de Madrid" en la Cuenta Corriente número 6000027959, sucursal 0626 de la "Caja de Madrid" denominada "Comunidad de Madrid. Derechos de examen".

    Se abonará una tasa por derechos de examen, por cada una de las especialidades a los que se concurra.

    De efectuarse el ingreso y presentación de la solicitud en cualquier oficina de "Caja de Madrid", ésta deberá hacer constar en el apartado 6 de la Solicitud ("Justificación de derechos de examen") los siguientes datos:

    ¾ Sello de "Caja Madrid".

    ¾ Fecha de entrega de la solicitud.

    ¾ Visado del encargado de la...

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