ORDEN 1103/2001, de 16 de julio, de la Consejería de Presidencia y Hacienda, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Presidencia y Hacienda.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Hacienda
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el artículo 87 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid, esta Consejería,

DISPONE

Primero

Convocar, para su cobertura interina, el puesto de trabajo que se detalla en el Anexo I de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 50/2001, de 6 de abril.

El puesto número 40559 se encuentra vinculado a la Oferta de Empleo Público correspondiente.

Segundo

Los interesados en dicho puesto de trabajo podrán presentar solicitudes, conforme al modelo que figura como Anexo II de esta Orden, dentro de los siete días hábiles siguientes a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro de la Consejería de Presidencia y Hacienda, sito en la calle Carretas, número 4, en horario de nueve a catorce horas, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En la solicitud se detallará el número de puesto de trabajo que se solicita, así como su denominación. Junto a la solicitud, deberá adjuntarse fotocopia cotejada de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos y de los méritos valorables, así como del Documento Nacional de Identidad, o de cualquier otro documento identificativo equivalente.

No se tomarán en consideración las solicitudes presentadas por aquellos aspirantes que, a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, ostentasen ya la condición de funcionarios interinos del Cuerpo, Escala o Especialidad correspondientes a los puestos de trabajo objeto de convocatoria, salvo en los casos en los que el puesto desempeñado interinamente tenga asignado un nivel complementario de destino inferior al del puesto al que se pretende acceder.

Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 y en la Disposición Transitoria Cuarta del Decreto 50/2001, de 6 de abril, el Tribunal de Selección es el que figura en la Resolución de 27 de julio de 2000, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

Cuarto

Una vez baremadas las solicitudes de participación por el Tribunal de Selección de funcionarios interinos, se dictará por la Secretaría General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR