ORDEN 4322/2000, de 8 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer, en régimen de turno restringido el puesto funcional de libre designación de 'Conductor de Especial Disponibilidad de Consejero', adscrito a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid contempla, en su artículo 9, el concepto de puesto funcional. Habiéndose aprobado en Comisión Paritaria la creación de dicho puesto y ante la necesidad de proveer el mismo con carácter definitivo, se procede a su convocatoria pública.

En consecuencia, esta Consejería ha dispuesto:

Primero

Aprobar las bases de convocatoria para proveer en régimen de turno restringido:

Puesto funcional número 45583: Conductor de Especial Disponibilidad de Consejero.

Segundo

Convocar pruebas selectivas para cubrir el puesto mencionado, que se encuentra afecto al Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid y está clasificado como de libre designación, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Base primera

Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en turno restringido, del puesto funcional relacionado en el Anexo I, con las circunstancias indicadas en el mismo y las retribuciones señaladas en el Anexo II.

1.2. Toda vez que se trata de un puesto funcional, su régimen de desempeño se acomodará a lo prevenido en los artículos 18 y 39 del Convenio Colectivo vigente. En consecuencia, el personal que acceda al puesto convocado en turno restringido, percibirá en concepto de complemento funcional la diferencia existente entre la cuantía de la retribución asignada al puesto y la correspondiente a su categoría profesional o, en su caso, la suma de percepciones consolidadas a título personal, dependiendo la percepción del referido complemento del desempeño del puesto, pudiendo el trabajador seleccionado ser removido del mismo con carácter discrecional en los términos señalados en el artículo 3.1 del citado artículo 18 del vigente Convenio Colectivo.

Base segunda

Requisitos de los aspirantes

  1. o Ser trabajador de la Comunidad de Madrid con relación jurídico-laboral de carácter indefinido, afecto al Convenio Colectivo para su personal laboral y en situación de servicio activo.

  2. o Cumplir los requisitos mínimos de titulación y experiencia establecidos para el puesto en el Anexo I.

  3. o Ostentar categoría profesional comprendida en el Anexo III del vigente Convenio Colectivo.

  4. o Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en los apartados 1.o y 2.o en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes y poseer los mismos durante todo el proceso selectivo. El requisito del apartado 3.o deberá cumplirse con anterioridad a...

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