ORDEN 99/2009, de 19 de febrero, por la que se crean dos ficheros que contienen datos de carácter personal de los profesionales que ejercen funciones en la Dirección General de Ordenación e Inspección.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 4.1, establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, debe efectuarse mediante disposición de carácter general y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, requiriéndose previamente, con carácter preceptivo, el informe favorable de la Agencia de Protección de Datos de esta Comunidad, de conformidad al Decreto 99/2002, de 13 de junio, del Consejo de Gobierno, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter general, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

La Dirección General de Ordenación e Inspección al amparo de las atribuciones que le asigna el Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, es la competente en las atribuciones que aparecen descritas en su artículo 10, sin perjuicio de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En el desarrollo de dichas atribuciones se van a obtener diversos datos de carácter personal, que van a ser archivados y tratados informáticamente, o de forma manual estructurada, referidos al personal que realiza funciones en la Dirección General. Su finalidad es gestionar y tramitar de una manera ágil y eficaz los recursos humanos adscritos a la Dirección General de Ordenación e Inspección, recabando, para ello, datos profesionales, identificativos y de los puestos de trabajo que integran la plantilla de personal de la Dirección General de Ordenación e Inspección. La recogida de datos se realizará a través de la Relación de Puestos de Trabajo, de órdenes de nombramiento, de cese y autorización y que se archivan dando lugar a un fichero manual estructurado y al correspondiente fichero informatizado que se pretenden crear mediante la presente Orden del Consejero de Sanidad.

De acuerdo con lo anterior, se crean, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica por el artículo 6 del citado Decreto 22/2008, de 3 de abril, bajo la titularidad de la Dirección General de Ordenación e Inspección, los ficheros de datos de carácter personal siguientes:

Se crea un fichero manual estructurado constituido por el archivo de las órdenes y comunicaciones relativas al personal de la Dirección General y otro fichero informatizado constituido por el registro informático de los datos contenidos en la Relación de Puestos de Trabajo.

Ambos tratamientos de datos contemplan los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de...

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