ORDEN 1535/2004, de 29 de noviembre, de creación de un fichero de datos de carácter personal para el seguimiento de las alertas de productos sanitarios de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN 1535/2004, de 29 de noviembre, de creación de un fichero de datos de carácter personal para el seguimiento de las alertas de productos sanitarios de la Comunidad de Madrid.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, debe efectuarse mediante Orden del Consejero respectivo, requiriéndose previamente, con carácter preceptivo, el informe favorable de la Agencia de Protección de Datos de esta Comunidad.

La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, al amparo de las atribuciones que le asigna el Decreto 10/2004, de 29 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, en el marco de las actividades encaminadas a la vigilancia de productos sanitarios y sus reacciones adversas, interacciones o contraindicaciones establecidos en la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica en la Comunidad de Madrid, y en la labor de colaboración interadministrativa con el Ministerio de Sanidad yConsumo y más concretamente con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, aborda la creación de un fichero que contiene nombre y dos apellidos de pacientes, identificativo de facultativo y datos de carácter personal para el seguimiento de alertas de productos sanitarios en la Comunidad de Madrid. Su finalidad es la implantación de un sistema de gestión para el seguimiento de alertas de productos sanitarios, sirviendo además de instrumento para el control de esta actividad y como medida de protección de la salud.

Se recogen datos como el nombre y los dos apellidos de pacientes, identificativo de facultativo y datos de seguimiento de la alerta sanitaria.

De acuerdo con lo anterior, se crea, bajo la titularidad de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, el fichero de datos de carácter personal siguiente:

Fichero informatizado de seguimiento de alertas de productos sanitarios en la Comunidad de Madrid que contiene información sobre los pacientes y seguimiento de los mismos.

Este fichero contempla los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en...

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