ORDEN 3431-01/2007, de 20 de junio, del Consejero de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se crea el fichero AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO, que contiene datos de carácter personal, dependiente de la Dirección General de Centros Docentes.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, en su artículo 4 establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará mediante disposición de carácter general y que, en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, la aprobación de aquella disposición se hará mediante Orden del Consejero. En el mismo artículo se establecen los aspectos que se deben indicar en las disposiciones de creación de ficheros de datos de carácter personal, desarrollados por el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

El Decreto 117/2004, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, en su artículo 6 dispone las competencias de la Dirección General de Centros Docentes, y en el punto 1.4.f) atribuye a la Subdirección General de Régimen Jurídico y Gestión Económico-Administrativa la gestión de las becas y ayudas para la educación en enseñanzas regladas no universitarias. En virtud de esta competencia, se hace necesaria la creación del fichero AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO para gestionar las ayudas económicas para la adquisición de libros de texto que concede la Consejería de Educación a los alumnos que lo soliciten y que estén cursando cualquiera de los niveles de enseñanza obligatoria en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se cumple, en los términos que se establecen en la regulación efectuada en el Anexo, lo previsto por el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, y habiéndose cumplido los trámites establecidos en el artículo 5 de la misma,

DISPONGO

Artículo único

Creación de ficheros

Se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal AYUDAS DE LIBROS DE TEXTO de la Dirección General de Centros Docentes, que se regula en el...

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