ORDEN 6805/2003, de 8 de agosto, del Consejero de Trabajo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal de gestión de recursos administrativos de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyOrden

ORDEN 6805/2003, de 8 de agosto, del Consejero de Trabajo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal de gestión de recursos administrativos de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid.

Concluida la fase de desarrollo del procedimiento READ (Recursos Administrativos), incluido dentro del Plan Estratégico de Simplificación de la Gestión Administrativa de la Comunidad de Madrid, y siendo inminente su paso a producción para que pueda ser utilizado por los usuarios de la Consejería de Trabajo, se hace necesario proceder a la creación del fichero de datos de carácter personal.

El citado fichero estará constituido por los datos de carácter personal de los futuros interesados y, en su caso, sus representantes, en la interposición del correspondiente recurso.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, establece que la competencia en el ámbito de la Comunidad de Madrid de aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley corresponderá al Consejero respectivo.

La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio citada, como en el Real Decreto 991/1997, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad en los ficheros que contengan datos de carácter personal.

De conformidad con lo dispuesto en la mencionada Ley 8/2001, de 13 de julio, así como en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, el proyecto de Orden se ha sometido a trámite de alegaciones, sin que se haya presentado ninguna.

Asimismo, esta Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo único

Creación del fichero de datos de carácter personal

  1. Se crea el fichero automatizado de datos de carácter personal previsto en el Anexo de esta Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley...

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