ORDEN 3444/2009, de 10 de diciembre, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado ¿Syra¿ de la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Empleo y Mujer
Rango de LeyOrden

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la misma se realizará mediante disposición de carácter general, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o en el diario oficial que corresponda. En el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, la aprobación de dicha disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo.

Para hacer posible la gestión informatizada de los expedientes de revisión de actos en vía administrativa y de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Consejería de Empleo y Mujer, así como de aquellos que se generen como consecuencia de actuaciones relacionadas con procedimientos judiciales (recepción de resoluciones judiciales, así como su traslado a los Centros Gestores de la Consejería, y remisión de expedientes administrativos a los órganos judiciales), es preciso, en lo que respecta al tratamiento de los datos personales de los interesados afectados por aquellos, crear el correspondiente fichero de datos personales, que será tratado de forma automatizada mediante la aplicación informática correspondiente.

En el procedimiento de elaboración de esta Orden se han tenido en cuenta los trámites previstos en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Organización, Competencia y Funcionamiento del Gobierno; en el artículo 5.6 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

En el procedimiento de elaboración de esta Orden se han recabado todos los informes preceptivos y aquellos otros que se han considerado necesarios para garantizar el acierto y legalidad del texto.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Igualmente, ha sido sometida a trámite de información pública y se ha emitido informe preceptivo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y Mujer, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 5, apartados 5 y 7, de la Ley 8/2001, de 13 de julio...

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