ORDEN 357/2000, de 10 de julio, de la Consejería de Cultura, por la que se convocan subvenciones a asociaciones profesionales y entidades culturales sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para la organización o participación en ferias del libro y exposiciones bibliográficas.

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley 5/1999, de 30 de marzo, de Fomento del Libro y la Lectura de la Comunidad de Madrid, establece las vías de apoyo que la Comunidad presta al mundo del libro y la edición. En concreto, su artículo 7 señala las medidas de promoción de las actividades feriales del sector, dirigidas tanto a la organización como a la participación en ferias del libro y exposiciones bibliográficas.

Las entidades y los colectivos profesionales ligados al sector del libro de la Comunidad de Madrid organizan periódicamente ferias del libro y exposiciones bibliográficas, que no se limitan a servir de marco a transacciones comerciales (en el caso de las ferias), sino que también desarrollan numerosas actividades culturales que acercan el libro y la lectura a todos los ciudadanos. Estos mismos organismos y asociaciones realizan asimismo un importante esfuerzo en difundir la edición de nuestra Región, y por extensión su realidad cultural, mediante su presencia en las principales manifestaciones feriales nacionales e internacionales del sector.

La Comunidad de Madrid quiere prestar su apoyo a dichas entidades y asociaciones profesionales mediante la concesión de subvenciones destinadas a sufragar los gastos derivados de la organización de las referidas ferias y exposiciones o de la participación en las mismas, subvenciones que se han de regir bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad que deben presidir la asignación de fondos públicos.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley, en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid, en la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid, y en las demás disposiciones aplicables,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

Se convocan, mediante concurso, ayudas a favor de entidades culturales y asociaciones profesionales, todas ellas sin ánimo de lucro, para:

  1. La organización de manifestaciones feriales (ferias, salones, etcétera) dedicadas al libro y exposiciones bibliográficas, que se han de celebrar o iniciar en el transcurso de 2000 en el territorio de la Comunidad de Madrid.

  2. Participación de asociaciones profesionales en ferias del libro nacionales o internacionales.

Artículo 2

Beneficiarios

Las subvenciones se destinarán a entidades y asociaciones profesionales que desarrollen su actividad y tengan su sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y que cuenten con una antigüedad de, al menos, quince años. Si la solicitud se refiere a la organización de ferias o exposiciones del libro, esta actividad deberá haberse celebrado en la Región durante un mínimo de quince años consecutivos.

No podrán obtener subvención aquellos solicitantes que tengan deudas con la Hacienda Autonómica en período ejecutivo, salvo que estuviesen debidamente garantizadas, de conformidad con el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, en su redacción dada por el artículo 7 de la Ley 24/1999 de Medidas Fiscales y Administrativas.

Artículo 3

Aplicación presupuestaria

Dichas subvenciones se harán efectivas con cargo a la partida 48090 del Programa 803 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2000, con una dotación de 3.520.000 pesetas.

Artículo 4

Documentación

Los interesados presentarán la siguiente documentación:

En todos los casos:

  1. Solicitud según modelo recogido en el Anexo I de la presente Orden, debidamente cumplimentada y firmada por el representante de la entidad o asociación.

  2. Estatutos de la entidad o asociación.

  3. Documento acreditativo de la inscripción de la entidad o asociación en el registro correspondiente.

  4. Código de Identificación Fiscal de la entidad o asociación.

  5. Certificación del secretario de la entidad o asociación relativa al acuerdo de solicitud adoptado y a la acreditación de su representante, según modelo que se adjunta como Anexo II de la presente Orden.

  6. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante.

  7. Certificación del secretario de la entidad o asociación en la que conste la concesión o percepción de otra u otras subvenciones de entes públicos o privados y su porcentaje en relación con el presupuesto de la feria o actividad; o bien certificación negativa de tales extremos.

Los interesados podrán asimismo presentar cualquier otro documento que consideren de interés para una mejor valoración de la actividad para la que deseen solicitar subvención.

Si se solicita ayuda para la organización de ferias o exposiciones [artículo 1.a)] deberá presentarse además la siguiente documentación:

  1. Certificación del secretario de la entidad o asociación que acredite la antigüedad de la feria o exposición, así como su continuidad y periodicidad.

  2. Proyecto explicativo del desarrollo de la feria o exposición, con indicación del calendario previsto a tal efecto.

  3. Presupuesto de la feria o exposición.

  4. Documentación que refleje la transcendencia social de la feria o exposición y su impacto social y cultural en ediciones anteriores (número de visitantes, certámenes convocados, publicaciones, memorias, noticias en los medios de comunicación, etcétera).

    En el caso de peticiones de subvención para la participación...

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