ORDEN 346/2008, de 19 de mayo, por la que se acuerda ampliar los servicios mínimos establecidos en la Orden 305/2008, de 18 de abril, del Consejero de Sanidad, para la huelga convocada por las organizaciones sindicales CC OO, CSIT-UP y UGT .

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

Por Orden 305/2008, de 18 de abril, del Consejero de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 21 de abril de 2008), se establecieron los servicios mínimos para la huelga convocada en fecha 9 de abril de 2008 por las Organizaciones Sindicales CC OO, UGT y CSIT-UP, para las jornadas laborales de los días:

— Desde las veintidós horas del día 22 de abril hasta las veintidós horas del día 23 de abril de 2008.

— Desde las veintidós horas del día 27 de mayo hasta las veintidós horas del día 28 de mayo de 2008.

La citada huelga afectaba a los profesionales adscritos al Área
Sanitaria-Asistencial (Área D) del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid y al personal funcionario de Cuerpos y Escalas con funciones de inspección, salud pública, sanitarias, asistenciales, análogas o equivalentes del Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

Mediante escritos de fecha 24 de abril y 13 de mayo, las organizaciones sindicales convocantes del paro amplían la convocatoria de huelga a todos los trabajadores y trabajadoras con una relación de empleo de carácter laboral y funcionarial, tanto fijos como interinos y eventuales, que prestan servicio en cualquier centro de trabajo, organismo autónomo, instituto, agencia y entidad perteneciente a la Consejería de Sanidad, para el paro convocado desde las veintidós horas del día 27 de mayo hasta las veintidós horas del día 28 de mayo de 2008.

Por ello y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 10, párrafo segundo, del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, citado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Ampliar los servicios mínimos publicados en la Orden 305/2008, de 18 de abril, del Consejero de Sanidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 21 de abril), para el paro convocado desde las veintidós horas del día 27 de mayo hasta las veintidós horas del día 28 de mayo de 2008, con los servicios mínimos que figuran como Anexo a esta Orden, y que afecta al personal incluido en el ámbito del preaviso de esta huelga.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Contra esta Orden, que se dicta por delegación, y pone fin a la vía administrativa, podrá...

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