ORDEN 1521/2007, de 23 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 2522/2005, de 10 de mayo, y se convoca el VCertamen de Premios al Diseño y Contenidos de Sitios Web de Centros Docentes de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, indica en el preámbulo que ?la Unión Europea y la UNESCO se han propuesto mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y formación, lo que implica mejorar la capacitación de los docentes, desarrollar las aptitudes necesarias para la sociedad del conocimiento y garantizar el acceso de todos a las tecnologías de la información y comunicación?. En particular, la introducción de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y, más concretamente, de Internet, en el sistema educativo ofrece una serie de recursos pedagógicos que hacen posible el acceso a la información y a la formación desde cualquier lugar y en todo momento.

En este sentido, la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid se plantea un doble objetivo: Por un lado, los centros?educativos han de afrontar la tarea de preparar a sus alumnos para la sociedad de la información y, por otro, el profesorado ha de adaptar sus estrategias y métodos de enseñanza a los nuevos entornos y nuevos recursos.

Para la consecución de los objetivos mencionados se ha puesto en marcha un conjunto de medidas con las que se está dotando a los centros educativos de la Comunidad de Madrid de las estructuras y recursos adecuados para su plena integración en la sociedad de la información, inmersos todos ellos en el denominado ?Plan Global para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación?.

Una de las actuaciones más relevantes incluidas en el Plan Global es la creación del portal web Educamadrid, espacio en Internet dirigido específicamente a toda la comunidad educativa de la Comunidad de Madrid, que fomenta la participación, colaboración y comunicación entre profesorado, alumnos y padres, y en el que todos los centros educativos tienen su propio espacio.

Desde esta perspectiva, resulta conveniente impulsar la utilización de herramientas propias de la sociedad de la información en los procesos de enseñanza y en el establecimiento de nuevas vías de información y comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. Por ello, la Consejería de Educación pretende, a través de la presente convocatoria, fomentar la realización, por parte de los centros docentes, de sitios web institucionales dentro del entorno Educamadrid, que muestren sus características, organización y peculiaridades y que permitan un nuevo acceso a contenidos educativos.

A tal fin, y en su virtud,

DISPONGO

TÍTULO I

Modificación parcial de las bases reguladoras establecidas según Orden 2522/2005, de 10 de mayo (BOLETÍN OFICIAL?DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de junio de 2005)

Primero

El artículo 2 de las bases reguladoras establecidas en la Orden 2522/2005, de 10 de mayo, pasa tener el siguiente tenor literal:

Pueden optar al certamen los centros educativos públicos y concertados del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que impartan cualquier tipo de enseñanza reglada de acuerdo a la normativa vigente y que no hayan obtenido premio o mención en el número de años que se establezca en la convocatoria.

Segundo

El punto 1 y el segundo párrafo del punto 4 del artículo 5 de las bases reguladoras establecidas en la Orden 2522/2005, de 10 de mayo, pasan a tener el siguiente tenor literal:

  1. ??Criterios de valoración

    La valoración de los sitios web presentados se realizará de acuerdo con los siguientes criterios y baremo, teniendo en cuenta las recomendaciones generales de diseño (Anexo V):

  2. Contenidos y recursos didácticos digitales, propios y ajenos, relacionados con las diferentes áreas y materias impartidas, que se encuentren alojados en la web, y que se dirijan y apliquen al alumno para favorecer su aprendizaje, hasta un máximo de 25 puntos.

  3. Contenidos relacionados con la organización del centro (oferta educativa, horarios de grupo y de tutorías, planificación de actividades extraescolares, servicios ofertados, avisos, impresos,...), hasta un máximo de 20 puntos.

  4. ??Calidad técnica del sitio web, atendiendo a las recomendaciones generales de diseño contempladas en el Anexo VI, hasta un máximo de 15 puntos.

  5. ??Interactividad del sitio web que favorezca aportaciones externas y posibilidades sobre obtención de datos personalizados de alumnos, con supervisión de un responsable: El...

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