DECRETO 85/2005, de 15 de septiembre, por el que se establecen las bases para la creación de la Agencia para la Inmigración

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia Primera y Portavocia del Gobierno
Rango de LeyDecreto

DECRETO 85/2005, de 15 de septiembre, por el que se establecen las bases para la creación de la Agencia para la Inmigración.

En el actual momento de desarrollo del programa del Gobierno y al objeto de coordinar la ejecución de todas sus políticas tendentes al apoyo e integración de la inmigración, teniendo en cuenta el peso tanto económico como demográfico que ha adquirido el colectivo de inmigrantes en el conjunto de la sociedad madrileña en los últimos años, resulta necesaria la creación de una Agencia para la Inmigración con rango de Consejería, en la cual se centralicen las competencias en dicha materia.

La creación de una estructura a cuyo frente se encuentra un Consejero supone un primer paso en la dirección indicada por la Presidenta de la Comunidad de Madrid en su discurso de inauguración del debate sobre el estado de la Región del año 2005, de reforzamiento y máxima relevancia de las políticas de inmigración. Este primer paso irá seguido, en la línea marcada por dicho discurso, por la tramitación de las medidas legislativas necesarias para la puesta en marcha de la Agencia para la Inmigración de la Comunidad de Madrid.

El artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, atribuye al Consejo de Gobierno la competencia para variar la denominación y el número de las Consejerías, salvo al inicio de la legislatura, cuando dicha competencia corresponde a la Presidenta de la Comunidad.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 15 de septiembre de 2005,

DISPONE

Capítulo 1 Artículo 1

De la Consejería de Inmigración

Artículo 1

Creación y competencias de la Consejería de Inmigración

  1. Se crea la Consejería de Inmigración como órgano superior de la Comunidad de Madrid al que se atribuye la dirección y ejecución de la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de inmigración y cooperación al desarrollo, competencias hasta ahora atribuidas a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

    En particular, le corresponde establecer los mecanismos de coordinación de todas las políticas sectoriales de la Comunidad de Madrid dirigidas al apoyo e integración de la población inmigrante, así como la creación y desarrollo de programas específicos que tengan por objeto la consecución de los fines anteriores.

  2. Asimismo, tiene atribuidas las competencias que le otorga, como Jefe del Departamento, el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y las demás disposiciones en vigor.

Capítulo 2 Artículo 2

De la estructura orgánica de la Consejería de Inmigración

Artículo 2

Organización básica de la Consejería

La Consejería de Inmigración, bajo la superior dirección de su titular, tendrá la siguiente estructura orgánica:

  1. Secretaría General Técnica de Inmigración.

  2. Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

Capítulo 3 Artículos 3 y 4

De la Secretaría General Técnica de Inmigración

Artículo 3

Competencias

El titular de la Secretaría General Técnica, con carácter general, ejercerá las funciones a que se refiere el artículo 46 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y demás normas autonómicas y, en su caso, estatales, que le fueran aplicables y, en particular, las siguientes:

  1. El asesoramiento jurídico y técnico del titular de la Consejería, la coordinación de los asuntos que vayan a ser sometidos al Consejo de Gobierno o a sus Comisiones, el estudio, impulso y tramitación de los proyectos de disposiciones generales en materias propias de la Consejería y la tramitación de los Convenios, Acuerdos, Protocolos o Declaraciones de Intención suscritos dentro del ámbito competencial de...

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