Estructura Comunidad de Madrid– Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Comunidad
Rango de LeyDecreto

De conformidad con lo dispuesto con el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Presidente de la Comunidad de Madrid tiene competencia para variar la denominación y el número de las Consejerías.

A fin de alcanzar la máxima eficacia en la acción del Gobierno, se ha estimado conveniente reformar la organización básica de la Administración de la Comunidad de Madrid, modificando el número, denominación y competencias de las Consejerías, en función de las necesidades actuales y servicio al ciudadano a los que la misma debe responder.

DISPONGO

Artículo 1

Número y denominación de las Consejerías

La Administración de la Comunidad de Madrid queda organizada en las siguientes Consejerías: 1. Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. 2. Economía y Hacienda. 3. Transportes, Infraestructuras y Vivienda 4. Educación, Juventud y Deporte. 5. Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. 6. Sanidad. 7. Asuntos Sociales. 8. Empleo, Turismo y Cultura.

Artículo 2

Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

  1. Corresponden a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno las competencias que actualmente ostenta la Consejería de Presidencia y Justicia. 2. Igualmente se le atribuye las competencias que ostentaba la antigua Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, salvo en materia de cultura y deporte.

Artículo 3

Consejería de Economía y Hacienda

Corresponden a la Consejería de Economía y Hacienda las competencias que actualmente tiene atribuidas, con excepción de las relativas a turismo.

Artículo 4

Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda

  1. Corresponden a la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda las competencias que tiene actualmente atribuidas la Consejería de Transportes e Infraestructuras. 2. Asimismo le corresponden las competencias que ostentaba la antigua Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en materia de vivienda.

Artículo 5

Consejería de Educación, Juventud y Deporte

  1. Corresponden a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte las competencias hasta ahora atribuidas a la antigua Consejería de Educación y Empleo en materia de educación. 2. Asimismo...

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