ORDEN 887/2008, de 14 de mayo, por la que se establece la convocatoria de ayudas a galerías de arte de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2008.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Consejería de Cultura y Turismo |
Rango de Ley | Orden |
DISPONGO
Objeto de la subvención
La convocatoria, de conformidad con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden 1711/2005, de 25 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de septiembre de 2005), y modificadas por Orden 602/2008, de 9 de abril, tiene como finalidad la concesión de ayudas económicas durante el ejercicio de 2008 para las galerías de arte ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con el fin de facilitar su participación en ferias de arte de reconocido prestigio internacional que se celebren fuera de España, para la promoción y difusión del arte español en el extranjero.
Importe de la subvención
Las ayudas objeto de esta convocatoria ascienden a un importe total de 60.000 euros, que se harán efectivos con cargo a la Partida 47390 del Programa 802 del Presupuesto de Gastos para 2008.
Solicitudes y documentación
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.
Cada galería de arte podrá presentar solicitud de subvención para un máximo de dos ferias internacionales.
Las solicitudes se presentarán debidamente cumplimentadas según el Anexo I que se adjunta, acompañadas de la documentación establecida en las citadas bases reguladoras, artículo tercero del título primero de la referida Orden 1711/2005.
Procedimiento de concesión de la subvención
La concesión de las ayudas se realizará mediante concurrencia competitiva. La subvención se concederá a las solicitudes que obtengan mayor valoración, conforme a los criterios y al procedimiento establecido en los artículos cuarto a séptimo del título primero de la Orden 1711/2005, parcialmente modificados por Orden 602/2008.
Ferias objeto de subvención
Las galerías de arte podrán presentar hasta un máximo de dos solicitudes para asistir a cualquiera de las ferias que se detallan a continuación:
Plazo de resolución y publicación
Las ayudas se resolverán en el plazo máximo de seis meses desde su publicación. Transcurrido el mismo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.
Las Órdenes de concesión y de desestimación de las ayudas...
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