ORDEN 1643/2000, de 27 de diciembre, de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción profesional específica de personal laboral, de la categoría profesional de Oficial de Conservación (Grupo III, Nivel 4, Área B), especialidades de Electricidad y Fontanería, a la ...

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Justicia, Funcion Publica y Administracion Local
Rango de LeyOrden

De conformidad con los Acuerdos de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid de fechas 11 de enero y 22 de noviembre de 2000 y, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 2.bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio), en la redacción que le ha sido dada por el Decreto 249/2000, de 23 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de diciembre), esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de promoción profesional específica a la categoría laboral de Técnico Especialista II (Grupo III, nivel 5, Área B), Especialidades de Electricidad y Fontanería (Gas), en el Organimso Autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en turno de promoción profesional específica, mediante el sistema de concursooposición, seis plazas de la categoría laboral de Técnico Especialista II (Grupo III, Nivel 5, Área B), Especialidades de Electricidad y Fontanería (Gas), relacionadas en el Anexo I de la presente convocatoria, en el Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid.

1.2. La selección de los aspirantes se efectuará mediante un proceso consistente en la superación de una prueba de aptitud y una fase de concurso.

1.3. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de abril; la Orden 51/1999, de 20 de enero, por la que se aprueban las Bases Generales que han de regir las convocatorias de promoción profesional específica para el personal laboral de la Comunidad de Madrid; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, del Consejero de Hacienda; el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, las bases de esta convocatoria y demás normas de aplicación.

1.4. La Comisión Paritaria del Convenio resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de la presente convocatoria.

Segunda

Requisitos de los aspirantes

2.1. Los aspirantes que participen en el presente proceso selectivo habrán de reunir los requisitos siguientes:

  1. Ser trabajadores de la Administración de la Comunidad de Madrid, incluidos en el ámbito de aplicación territorial y personal del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, con relación jurídico-laboral de carácter indefinido y que se encuentren en situación de servicio activo o con el contrato suspendido con reserva de puesto de trabajo.

  2. Ostentar, en la fecha de publicación de la presente convocatoria, la categoría profesional de Oficial de Conservación (Grupo IV, Nivel 4, Área B), prestando servicios en las especialidades de fontanería y electricidad, en el área funcional de conservación y mantenimiento del patrimonio de viviendas de la Comunidad de Madrid y de sus Organismos Autónomos, y con una antigüedad reconocida en la misma de, al menos, dos años.

  3. Los aspirantes deberán reunir el requisito de titulación académica o experiencia profesional sustitutoria exigidos en el Anexo I de esta convocatoria.

  4. Estar en posesión del certificado de Instalador Oficial de Gas y/o Electricidad.

2.2. Los requisitos a que se refieren los apartados a) y b) se acreditarán mediante la certificación que se acompaña como Anexo V a las presentes bases.

2.3. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Tercera

Solicitudes

3.1. Las solicitudes para tomar parte en las presentes pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo IV a las presentes Bases y serán facilitadas gratuitamente en cualquier oficina de "Caja Madrid", en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 23) o en cualquiera de los Registros de las Consejerías que figuran en el Anexo VI de esta Convocatoria.

A los efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley 5/1992, de 25 de octubre, los datos contenidos en la solicitud serán objeto

de tratamiento automatizado por el Instituto de la Vivienda de Madrid, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a las pruebas selectivas.

3.2. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado.

3.3. Los aspirantes deberán acompañar a sus instancias la siguiente documentación:

¾ El original de la certificación modelo Anexo V debidamente cumplimentado, en el que se acrediten los requisitos a los que se refieren los apartados a) y b) de la base segunda.

¾ Original del resguardo de ingreso efectivo en cualquier oficina de "Caja Madrid" de la cantidad correspondiente a la tasa por derechos de examen, donde conste la inscripción mecanizada del número de cuenta y la cantidad ingresada a que se refiere la base 3.4. La no presentación del resguardo o la ausencia de alguno de estos datos determinará la exclusión del proceso selectivo.

¾ Los trabajadores exentos del pago de derechos de examen, de acuerdo con la base 3.5: certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, en el que se indique el grado de su discapacidad.

3.4. Los derechos de examen serán 1.865 pesetas, que serán ingresadas en la cuenta de "Caja Madrid" número 2038/0626/6000027959, denominada "Comunidad de Madrid, derechos de examen".

En ningún caso el ingreso de la citada cantidad en "Caja Madrid" supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.

3.5. De conformidad con el artículo 199 bis de la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 6/2000, de 19 de mayo, están exentos del pago de la tasa por derechos de examen los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

3.6. Los aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo a que se refiere la base 4.2. solicitud indicando el tipo de adaptación que solicitan, así como fotocopia del certificado justificativo de su necesidad.

3.7. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3), y en el Registro del Instituto de la Vivienda de Madrid (calle Basílica, número 23), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE...

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