ORDEN 2677/2002, de 14 junio, del Consejero de Educación, por la que se convocan ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales, para la realización de actividades deportivas entre los centros escolares públicos y concertados.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Entre los principios rectores de la política deportiva establecidos en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del deporte de la Comunidad de Madrid, se establece la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Publicas, apartado j) del artículo 2.o

El artículo 15 de la referida Ley del Deporte, establece que la Comunidad de Madrid en colaboración y cooperación con los municipios u otras entidades, promoverá la difusión de la cultura física desde la infancia mediante la redacción y ejecución de planes y programas específicos. Como competencia de los Ayuntamientos, se establece en el artículo 23 la de promover, especialmente entre los escolares, la actividad física y el deporte en su ámbito territorial.

En esta línea, el Pleno de la Asamblea de 19 de diciembre de 2000 dedicado a la política de deportes instó al Gobierno de la Región a la creación de una convocatoria de ayudas dirigida a los centros escolares para sus programas deportivos.

Dada la importancia del deporte dentro de la educación integral del niño para conseguir una correcta formación, la Consejería de Educación, atendiendo a los principios establecidos en la Ley del Deporte, ha establecido la presente línea de ayudas para que los municipios de la Comunidad de Madrid pueden atender la realización de actividades deportivas de los centros escolares públicos y concertados de su término municipal.

Por tanto, teniendo en cuenta el mandato de la Asamblea para lograr los objetivos antes mencionados se hace necesario establecer una línea de ayudas y dictar las bases en las que se fijen los requisitos que deben reunir los solicitantes, la documentación que deben aportar para contrastar la idoneidad del programa presentado, establecer los criterios de selección, así como los plazos y forma de resolución.

En consecuencia, se publica la presente convocatoria, que se ajusta a los principios de publicidad, igualdad y objetividad y demás normas establecidas en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de esta Ley.

Por ello, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se dicta, con cargo al vigente Presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, la presente Orden convocando para el año 2002 la concesión de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades deportivas en sus centros escolares públicos y concertados.

En su virtud,

DISPONGO

Artículo 1

Finalidad e importe de la convocatoria

Se convocan, mediante concurso, ayudas económicas a municipios de la Comunidad de Madrid o a sus entes municipales con personalidad jurídica independiente que tengan asumidas competencia en materia deportiva, para el desarrollo de programas deportivos organizados o subvencionados por el propio municipio o ente, entre los centros escolares públicos o concertados, de su término municipal y dirigido a alumnos de primaria.

El importe previsto es de 360.000 euros con cargo al crédito 46390 del programa 526 del vigente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2002.

Artículo 2

Solicitantes

Podrán solicitar estas ayudas todos los municipios de la Comunidad de Madrid, sus entes municipales con personalidad jurídica independiente que tengan asumidas competencia en materia deportiva.

De acuerdo con el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes tengan deudas con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. Este extremo será comprobado de oficio por la Dirección General de Deportes.

Quedarán automáticamente excluidas aquellas solicitudes de los beneficiarios de años anteriores que no tengan debidamente justificadas las ayudas concedidas por la Dirección General de Deportes en convocatorias anteriores.

Artículo 3

Solicitudes y documentación

Los interesados en estas ayudas deberán presentar la siguiente documentación:

3.1. Impreso de solicitud de ayuda conforme al modelo normalizado que figura como Anexo I de esta convocatoria, en el que se incluirá descripción del proyecto para el que se solicita la ayuda.

3.2. Por cada centro escolar participante en el programa, se presentará impreso que figura como Anexo II de esta Orden debidamente...

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