Selección proyecto para mejorar la calidad de la enseñanza– Orden 1706/2014, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el proceso de selección de proyectos de innovación que utilicen las tecnologías de la información y la comunicación para mejorar la calidad de la enseñanza, en centros educativos públicos de la Comunidad de Madrid

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), establece la importancia de la autonomía de gestión de los centros como uno de los elementos fundamentales para que estos puedan asumir decisiones propias conducentes a mejorar su oferta educativa y metodológica.

Asimismo, la LOMCE señala la importancia de la adecuada integración de las tecnologías de la información y la comunicación en los procesos y metodologías que desarrollan los centros educativos para que se conviertan en instrumentos de mejora de la calidad educativa.

En este sentido, desde la Consejería de Educación, Juventud y Deporte se vienen realizando importantes inversiones en materia de dotaciones informáticas y redes de comunicaciones, que han sido incorporadas a la organización y funcionamiento de los centros.

La Consejería de Educación, Juventud y Deporte, considerando la importancia de favorecer tanto las actuaciones propuestas desde los equipos directivos y el profesorado como la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las actividades docentes a través de proyectos innovadores singulares, aprueba la presente convocatoria con el objetivo de mejorar la calidad de los centros educativos.

En el proceso de elaboración de este proyecto de orden ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificada por el artículo 29 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre.

A tal fin y en su virtud,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

  1. La presente Orden tiene por objeto la selección de proyectos de innovación que utilicen las tecnologías de la información y la comunicación para mejorar la calidad de la enseñanza en los ámbitos curriculares y metodológicos, desarrollados por centros educativos de titularidad pública de la Comunidad de Madrid, que serán objeto de financiación conforme a lo establecido en la presente Orden. 2. Asimismo, en la presente orden se establecen los procedimientos para su gestión.

Artículo 2

Destinatarios

  1. Centros de titularidad pública de la Comunidad de Madrid que impartan los niveles de Educación Infantil y Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato y que presenten un proyecto que cumpla las condiciones establecidas en esta convocatoria. 2. Cada centro solo podrá presentar un proyecto a esta convocatoria.

Artículo 3

Requisitos de los proyectos

  1. Los proyectos serán presentados por el director del centro, que acreditará el apoyo mayoritario del claustro de profesores y del consejo escolar.

  2. Los proyectos contarán con la participación de al menos el 50 por 100 del profesorado del centro. Los profesores que desarrollen el proyecto participarán en las acciones educativas previstas, así como en las actividades de formación del profesorado y en las relativas al seguimiento del mismo. 3. El proyecto deberá iniciarse durante el curso escolar 2014-2015 y deberá ser desarrollado al menos durante tres cursos escolares. 4. Los proyectos deberán tener entidad suficiente para transformar de forma significativa la metodología docente a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación de manera que se favorezcan nuevos entornos y procesos de aprendizaje, de acuerdo con los criterios que se incluyen en el artículo 8 de la presente Orden.

Artículo 4

Solicitudes y documentación

  1. Las solicitudes, según modelo establecido en el Anexo 1, se presentarán telemáticamente a través de la plataforma educativa "EducaMadrid" (www.educa.madrid.org). La presentación de las solicitudes se realizará accediendo con los datos de usuario y contraseña de la cuenta institucional del centro, cuyo uso y custodia son responsabilidad del director del mismo. 2. Los centros cumplimentarán, en los formularios configurados al efecto, la información incluida en el Anexo 2, titulado "Memoria de los proyectos". 3. Asimismo se incorporarán como archivos adjuntos los siguientes documentos en formato "pdf": A) Certificado según el modelo incluido en el Anexo 3, firmado por el secretario del consejo escolar del centro, con el visto bueno del presidente, que acredite que el consejo escolar conoce y aprueba el proyecto.

    1. Certificado según el modelo incluido en el Anexo 4, firmado por el secretario del centro, con el visto bueno del director, que acredite que el claustro de profesores conoce y aprueba el proyecto.

    2. Relación de profesores que desarrollarán el proyecto, según el modelo recogido en el Anexo 5, firmada por todos sus componentes y con el visto bueno del director del centro. En este documento constará el acuerdo expreso de participación en el proyecto, con indicación de las etapas, ciclos, niveles y áreas o materias en los que se desarrollará durante los tres cursos. Asimismo, se reflejará el compromiso de participación en las actividades previstas de formación del profesorado y de seguimiento del proyecto, en los términos establecidos en el artículo 10 de la presente Orden. Esta relación se actualizará en el caso de que la plantilla del centro sufriera modificaciones que afectaran a los profesores comprometidos con el proyecto.

  2. Una vez cumplimentados los formularios y adjuntados los archivos, la plataforma generará un certificado acreditativo de su presentación, para su descarga e impresión, que incluirá la referencia de entrada de la solicitud en el Registro de la Comunidad de Madrid.

Artículo 5

Dotación presupuestaria

  1. El presupuesto máximo total destinado en esta convocatoria a la dotación de infraestructuras en los centros educativos asciende a 1.000.000 de euros, con cargo a la partida 62840, Equipamiento docente, del Programa Económico 517, Gestión de infraestructuras educativas del ejercicio presupuestario de 2014. 2. Los centros cuyos proyectos sean seleccionados recibirán las dotaciones en materia de infraestructuras de tecnologías de la información y la comunicación necesarias para su realización. Estas dotaciones serán gestionadas por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios. No se realizarán transferencias económicas a los centros. 3. El importe destinado a la adquisición de infraestructuras en cada proyecto por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte a través de esta convocatoria, con independencia de otras cantidades que el centro pueda destinar al proyecto, no será superior a 100.000 euros.

  2. La Consejería de Educación, Juventud y Deporte destinará los fondos asignados a cada proyecto para sufragar los gastos que señalan a continuación: A) Equipamientos informáticos y multimedia: Tabletas electrónicas, ordenadores de sobremesa o portátiles, teléfonos inteligentes, periféricos, videoproyectores, pizarras digitales, equipos de fotografía o audio, u otros dispositivos similares cuyo uso educativo esté suficientemente justificado.

    1. Adquisición de licencias de aquellas aplicaciones de uso educativo necesarias para la realización del proyecto.

    2. Gastos para la dotación y mejora de las infraestructuras necesarias para una adecuada conectividad: Dispositivos de comunicaciones, cableado, despliegue de redes inalámbricas.

  3. La Consejería de Educación, Juventud y Deporte sufragará los gastos relacionados con la formación del profesorado necesaria para la realización de los proyectos de conformidad con lo establecido en el artículo 10. 6. La Consejería de Educación, Juventud y Deporte no sufragará gastos de colaboración de personal, empresas o ponentes, ni financiará gastos de inversiones ya realizadas.

Artículo 6

Plazo de presentación de solicitudes

  1. El plazo para la...

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