ORDEN 2249/2005, de 20 de mayo, de la Consejería de Empleoy Mujer de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el modelo de consentimiento de cesión de datos personales referidos a las certificaciones de estar al corriente de pagos frente a la Seguridad Social, a efectos de la tramitación y seguimiento de los expedientes de ayudas a la...

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Empleo y Mujer
Rango de LeyOrden

ORDEN 2249/2005, de 20 de mayo, de la Consejería de Empleoy Mujer de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el modelo de consentimiento de cesión de datos personales referidos a las certificaciones de estar al corriente de pagos frente a la Seguridad Social, a efectos de la tramitación y seguimiento de los expedientes de ayudas a la integración laboral del minusválido en centros especiales de empleo y en empresas ordinarias gestionados por la Dirección General de Trabajo.

La Dirección General de Trabajo, a través de su Servicio de Fomento de la Economía Social, ejerce, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 127/2004, de 29 de julio, entre sus competencias el fomento y promoción de la integración laboral de trabajadores discapacitados a través de programas de ayudas y subvenciones a centros especiales de empleo y empresas ordinarias.

Dichas ayudas son objeto de regulación a través de normativa estatal, Orden de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de noviembre de 1998), y Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento de empleo de los trabajadores minusválidos ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de junio de 1983).

La gestión de estas ayudas se encuentra transferida a la Comunidad de Madrid por el Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, en el caso de los centros especiales de empleo, y por el Real Decreto 30/2000, de 14 de enero, y la Orden 1578/2000, de 2 de marzo, respecto de la empresa ordinaria.

El Servicio de Fomento de la Economía Social de la Dirección General de Trabajo ha perseguido en todo momento, tanto el cumplimiento de los principios generales que deben presidir la actuación de las Administraciones Públicas y que se hallan recogidos fundamentalmente en el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como el reconocimiento y preservación de los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, en virtud de lo estipulado en el artículo 35 de la...

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