Orden 562/2008, de 27 de noviembre, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de renovación del emisario del sistema de la estación depuradora de aguas residuales de Navalcarnero. Tramos A-2, A-3 y A-4”, en el término municipal de Navalcarnero (expediente de expropiación forzosa número 228. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

SecciónD - Anuncios
EmisorVicepresidencia y Portavocía del Gobierno
Rango de LeyOrden

El "Proyecto de renovación del emisario del sistema de la estación depuradora de aguas residuales de Navalcarnero. Tramos A-2, A-3 y A-4" tiene por objeto la renovación de los tramos A-2, A-3 y A-4 mediante la sustitución de la tubería existente por otra que sea resistente a las características de los actuales vertidos que se vienen realizando, ya que actualmente existe un importante grado de corrosión en los elementos metálicos, emanación de malos olores, así como disminuciones en la sección del tubo.

Por otro lado, la incorporación de nuevos municipios al actual emisario en cumplimiento del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama y su Entorno, hace necesario que parte de la tubería a renovar precise diámetros mayores para un óptimo funcionamiento.

En definitiva, mediante este proyecto se contribuirá a un mejor funcionamiento del emisario actual y a la reducción de la contaminación en la cuenca del río Guadarrama.

Mediante informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 2 de abril de 2004, se informa de que el presente proyecto no precisa someterse a procedimiento alguno de Evaluación de Impacto Ambiental.

El Plan Especial de Infraestructuras del "Proyecto de Renovación del emisario del sistema de la estación depuradora de aguas residuales de Navalcarnero. Tramos A-2, A-3 y A-4" se aprobó definitivamente por la Comisión de Urbanismo de Madrid el día 27 de septiembre de 2005, y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 269, de 11 de noviembre de 2005.

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el oportuno procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de información pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el "Proyecto de renovación del emisario del sistema de la estación...

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