DECRETO 58/2009, de 4 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).

Fecha de Entrada en Vigor13 de Junio de 2009
SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Interior
Rango de LeyDecreto

El artículo 10 de la Ley 2/1985, de 21 de enero (RCL 1985/174), de Protección Civil, prevé que los Planes y Programas de Protección Civil de las Comunidades Autónomas y, por tanto, el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, deberán ser aprobados por el Consejo de Gobierno de las mismas y ser homologados por la Comisión Nacional de Protección Civil.

Por Decreto 49/1993, de 20 de mayo (LCM 1993/137), se aprobó el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), adaptado a la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales, y que fue homologado por la Comisión Nacional de Protección Civil en reunión celebrada el día 22 de marzo de 1994.

Modificaciones que no afectaron a la estructura y organización del Plan, se llevaron a cabo mediante Decreto 65/1994, de 23 de junio (LCM 1994/200); Decreto 66/1997, de 29 de mayo (LCM 1997/191), y Decreto 95/1998, de 4 de junio (LCM 1998/251). Posteriormente, el Decreto 111/2000, de 1 de junio (LCM 2000/314), derogó el anterior Plan de 1998, introduciendo modificaciones sustanciales, al igual que hizo, aunque en menor medida, el Decreto 59/2006, de 20 de julio (LCM 2006/360), que aprobó el hasta ahora vigente Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA).

La aprobación en el momento actual de un nuevo plan, persigue una doble finalidad: En primer lugar, es necesario ajustar el ejercicio de competencias al contenido del Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y la estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, dado que las competencias que correspondían a la Dirección General de Medio Natural en materia de prevención y extinción de incendios forestales pasan a ser ejercidas por la Dirección General del Protección Ciudadana. Por otra parte, se pretende ahondar en la mejora de la operatividad de los diferentes medios y organizaciones intervinientes.

Este nuevo Plan ha sido informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.

Finalmente, y a fin de agilizar en el futuro la adaptación de las referencias integradas en Anexos al Plan que pudiera ser requerida con posterioridad, se faculta al Consejero competente en materia de protección ciudadana para la actualización, mediante orden, de los datos que contienen los Anexos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su sesión del día 4 de junio de 2009.

DISPONE

Artículo 1

Aprobación del Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA)

Se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) y sus Anexos, cuyo texto se inserta a continuación.

Disposiciones Derogatorias
DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA

Derogación del Decreto 59/2006, de 20 de julio, y de normativa relativa al uso del fuego en áreas forestales

Se derogan expresamente el Decreto 59/2006, de 20 de julio (LCM 2006/360), por el que se aprueba el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA), y la Orden 1838/2006, de 25 de mayo (LCM 2006/278), por la que se regula el uso de barbacoas en áreas recreativas ubicadas en los montes y terrenos forestales de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA SEGUNDA

Derogación normativa en materia de prevención de incendios

Asimismo, se derogan expresamente el Decreto 31/2003, de 13 de marzo (LCM 2003/136), por el que se aprobó el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid, en la parte que queda vigente, así como el anterior Decreto 341/1999, de 23 de diciembre (LCM 2000/37), y disposiciones sobre materia regulada en el Reglamento, de igual o inferior rango, existentes a su entrada en vigor.

Disposiciones Finales
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación de desarrollo

Se faculta al Consejero competente en materia de protección ciudadana para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este Decreto en materia de sus competencias, así como para modificar las épocas de peligro de incendios forestales en el territorio de la Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta las condiciones meteorológicas y el método de elaboración del mapa de riesgos, y para actualizar los datos que contienen los Anexos al Plan.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de junio de 2009.

El Consejero de Presidencia, La Presidenta, Justicia e Interior, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA FRANCISCO GRANADOS LERENA

PLAN DE PROTECCIÓN CIVIL DE EMERGENCIA POR INCENDIOS FORESTALES EN LA COMUNIDAD DE MADRID (INFOMA)

Capítulo 1
Introducción

1.1. Antecedentes

Aunque los incendios forestales son un elemento presente desde siempre en los montes españoles, fue a partir de 1973 cuando las superficies afectadas por ellos empezaron a crecer vertiginosamente.

La permanencia en el tiempo del problema de los incendios y su progresivo aumento en magnitud plantearon la necesidad de intensificar las medidas de planificación específica para este tipo de riesgo. El Plan Básico de Lucha Contra Incendios Forestales y normas complementarias, aprobado por Orden del Ministerio del Interior de 17 de junio de 1982 (Plan INFO-82), fue hasta 1993 la normativa básica para la elaboración de los planes correspondientes al riesgo de incendios forestales. La Comunidad de Madrid, ejerciendo las funciones que en materia de conservación de la naturaleza le fueron transferidas, en consecuencia, elaboró planes INFO correspondientes a su ámbito territorial.

La aprobación, por Acuerdo del Consejo de Ministros el 18 de marzo de 1993, de la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, implicó que la Comunidad de Madrid adaptara su normativa a dicha directriz, mediante aprobación, dos meses más tarde, de su Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, denominado INFOMA.

1.2. Marco legal

Para la elaboración del INFOMA se ha tenido en cuenta el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de mayo de 1992), y la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, informada favorablemente por el Pleno de la Comisión Nacional de Protección Civil el día 22 de diciembre de 1992 y aprobada por el Consejo de Ministros mediante Acuerdo de 18 de marzo de 1993 ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de abril de 1993).

Asimismo, para situar el marco normativo del INFOMA, en su versión actual, se señalan las siguientes normas:

- En el ámbito estatal:

l Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Incendios Forestales.

l Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio Nacional.

l Real Decreto 1703/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de conservación de la naturaleza.

l Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.

l Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

l Real Decreto 875/1988, de 29 de julio, por el que se regula la compensación de gastos derivados de la extinción de incendios forestales.

l Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado por Consejo de Ministros el día 31 de marzo de 1995.

l Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

l Real Decreto-Ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales.

l Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

- En el ámbito autonómico:

l Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM), aprobado mediante Decreto 85/1992, de 17 diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 1993), e informado favorablemente por la Comisión Nacional de Protección Civil el 15 de abril de 1993.

l Ley 16/1995, de 4 de mayo, de la Comunidad de Madrid, Forestal y de Protección de la Naturaleza.

l Decreto 125/1998, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Voluntariado Municipal de Protección Civil.

l Ley 4/2000, de 8 de mayo, Reguladora de las Escalas y Funciones del Personal de Emergencias Sanitarias de la Comunidad de Madrid.

l Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid.

l Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

l Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos.

l Orden 2507/2005, de 9 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se determinan las Zonas de Alto Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad de Madrid y se establece el régimen de tránsito de personas por dichas zonas.

l Orden 1838/2006, de 25 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se regula el uso de barbacoas en las áreas recreativas ubicadas en los montes y terrenos forestales de la Comunidad de Madrid.

1.3. Objeto y finalidad

Los incendios forestales constituyen un grave problema, tanto por los daños que ocasionan de...

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