ORDEN 1114/2002, de 18 de marzo, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se convocan elecciones para la renovación de vocales del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
Aproximándose el transcurso del plazo de cuatro años desde la toma de posesión de los vocales del Comité de Agricultura Ecológica, nombrados tras la celebración del anterior proceso electoral para la renovación de las citadas vocalías, procede convocar nuevas elecciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, de Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes; en el Decreto 835/1972, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 25/1970 y demás normativa aplicable en la materia.
La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, a través de la Dirección General de Agricultura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.2 del Decreto 239/2001, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, tiene atribuidas las funciones relativas a la constitución de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad de la Comunidad de Madrid.
Por todo ello, vistas las referidas disposiciones y demás de general y pertinente aplicación,
DISPONGO
Convocatoria
Se convocan elecciones para la renovación de vocales representantes de las explotaciones de producción, empresas elaboradoras y empresas importadoras de países terceros, que se celebrarán el 21 de junio de 2002.
La fecha de iniciación del proceso electoral será la de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Orden de convocatoria de las elecciones.
Normativa aplicable
El procedimiento electoral se desarrollará de acuerdo con el calendario y las normas dispuestas en la Orden 197/2001, de 19 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se regulan las elecciones de vocales repesentantes de los sectores productor, transformador-comercializador o exportador en los Consejos Reguladores u órganos gestores de las Denominaciones de Calidad de la Comunidad de Madrid y se regula su constitución y, en su defecto, por lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, sobre el Régimen Electoral General, y demás normativa reguladora del régimen electoral general, sin perjuicio de lo preceptuado en la presente Orden, y en la Orden 3628/1996, de 20 de mayo, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se crea el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid y se regulan sus funciones y...
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