ORDEN 4658/2002, de 20 de septiembre, por la que se convocan ayudas económicas y premios para la realización de proyectos de innovación educativa.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en los artículos 55 y 57, establece que la innovación educativa constituye un elemento interno de la calidad de la educación.

El acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo de la Comunidad de Madrid, firmado el 19 de enero

de 1999, establece que la formación permanente, la investigación y la innovación educativas son instrumentos facilitadores de la actualización científica y didáctica del profesorado y de su adaptación a las nuevas demandas del sistema educativo.

La calidad de la educación depende, en gran medida, de la capacidad innovadora del profesorado, entendida desde la reflexión en equipo sobre los procesos educativos, que se concreta en el desarrollo de proyectos y experiencias que introducen cambios significativos y duraderos en aspectos curriculares, metodológicos y de organización de los centros docentes.

En este sentido, la Consejería de Educación pretende potenciar la innovación educativa promoviendo la realización de proyectos, en el marco del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular del centro, que posibiliten la adquisición de estrategias metodológicas basadas preferentemente en los procesos de investigación en la acción.

Teniendo en cuenta las líneas prioritarias de formación señaladas para el curso 2002/2003, en esta convocatoria tendrán atención preferente los proyectos cuya temática esté vinculada a la atención a la diversidad, desde el respeto a las diferencias y a la interculturalidad, a la dimensión transnacional de la educación y a la utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Asimismo, se concede carácter preferente a los proyectos que desarrollen aspectos del currículo oficial de la Comunidad de Madrid.

A tal fin y en su virtud

DISPONGO

  1. Objeto, asignación económica y características de la convocatoria

    1. Objeto.

      Se convocan ayudas económicas dirigidas a centros educativos que durante el curso 2002/2003 realicen proyectos de innovación relevantes para la calidad educativa y premios a los mejores proyectos desarrollados.

      La percepción de esta ayuda será compatible con cualquier otra que los centros puedan percibir para este mismo fin, siempre y cuando la suma de todas ellas no supere el 100 por 100 del coste de la actividad.

    2. Asignación económica.

      El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria será de 114.190 euros desglosados de la siguiente forma:

      Fase primera: Ayudas para la realización de proyectos: 90.150 euros.

      Fase segunda: Premios y menciones: 24.040 euros.

      Con cargo a la Partida 48500 del Programa Económico 509, imputándose la totalidad del presupuesto al ejercicio económico del 2003, estando condicionada la mencionada financiación a la aprobación del correspondiente presupuesto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo.

    3. Características de la convocatoria.

      Esta convocatoria pretende fomentar las iniciativas innovadoras de los centros escolares mediante las siguientes acciones:

      - Concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de innovación.

      - Certificación de la participación, en créditos de formación, al profesorado implicado.

      - Concesión de tres premios y seis menciones a las mejores experiencias subvencionadas, una vez concluido el desarrollo de las mismas.

      - Publicación y difusión de las experiencias que han obtenido premio.

      El órgano instructor del expediente de concesión será la Dirección General de Ordenación Académica.

      Fase primera: Ayudas para la realización de proyectos

  2. Destinatarios y requisitos

    1. Destinatarios.

      Podrán solicitar estas ayudas los centros educativos, de titularidad pública y privados concertados, que impartan las enseñanzas reguladas en la LOGSE y que realicen proyectos de innovación educativa en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

    2. Requisitos:

      1. Elaboración de un proyecto de innovación acompañado de un presupuesto de ingresos y gastos. Estará realizado y presentado por un grupo de profesores de un mismo centro educativo, avalado por un mínimo de cuatro miembros del Claustro, uno de ellos actuará como coordinador del proyecto.

      2. Aprobación del Consejo Escolar del centro o por el correspondiente órgano que lo sustituya.

      3. Que el proyecto sea original, no publicado y no subvencionado con anterioridad.

  3. Solicitudes, documentación y plazo de presentación

    1. Solicitudes.

      Los centros educativos que deseen tomar parte en la presente convocatoria dirigirán la solicitud al excelentísimo señor Consejero de Educación (según Anexo I).

    2. Documentación a presentar con la solicitud:

      1. Proyecto de innovación que se pretende realizar con el correspondiente presupuesto de ingresos y gastos, de acuerdo con el Anexo II.

      2. Certificado de la aprobación del Consejo Escolar o del correspondiente órgano competente, según Anexo III.

      3. Declaración jurada del coordinador/a donde se ratifique que el proyecto es original, que no ha sido publicado ni subvencionado con anterioridad, según Anexo IV.

      Tanto la solicitud como la documentación complementaria deben presentarse por duplicado en los Registros de las Direcciones de Área Territorial, en el Registro de la Consejería de Educación (Gran Vía, número 3, 28014 Madrid) o en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de los Ayuntamientos adheridos al Convenio de Ventanilla Única (de lo cual puede dar información el teléfono de información general 012) y mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Referencia: Dirección General de Ordenación Académica, Área de Formación del Profesorado 'Proyectos de Innovación Educativa'.

      Cuando la documentación se remita por correo, se presentará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de proceder a su certificación.

      La presente convocatoria se encuentra a disposición del solicitante en la dirección de Internet: www.madrid.org/sfp

      Si la solicitud no reuniera los datos o documentos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificación de la Ley 4/1999, de 14 de enero.

    3. Plazo de presentación.

      El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN...

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