ORDEN 5965/2002, de 15 de noviembre, de modificación de la autorización del centro docente privado de Educación Infantil denominado 'Mi Primer Cole 3', de Madrid.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN 5965/2002, de 15 de noviembre, de modificación de la autorización del centro docente privado de Educación Infantil denominado 'Mi Primer Cole 3', de Madrid.
Visto el expediente instruido a instancia de doña Susana García Schrödter, solicitando autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil incompleto, denominado 'Mi Primer Cole 3', con domicilio en la calle Vereda del Carmen, número 9, de Madrid, para dos unidades de primer ciclo, dos unidades de segundo ciclo y una unidad compartida de primero y segundo ciclos.
La Consejería de Educación
HA DISPUESTO
Primero
Autorizar la apertura y funcionamiento, de acuerdo con el artículo 7.o del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, del centro privado de Educación Infantil incompleto 'Mi Primer Cole 3', de Madrid, de modo que queda establecida la configuración definitiva como se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de Educación Infantil Incompleto.
Denominación específica: 'Mi Primer Cole 3'.
Número de código: 28059048.
Persona o entidad titular: Susana García Schödter.
Domicilio: Vereda del Carmen, número 9.
Localidad: Madrid.
Municipio: Madrid.
Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de primero y segundo ciclos.
Capacidad:
Primer Ciclo: 2 unidades.
Segundo Ciclo: 2 unidades y 45 puestos escolares.
El número de alumnos en las unidades de primer ciclo no podrá exceder del resultado de la aplicación de la relación superficie mínima requerida/puesto escolar y de la relación máxima profesor/alumnos -según la edad de los niños escolarizados- que se determinan en las disposiciones tercera, decimocuarta y decimoquinta de la Orden Ministerial
de 16 de noviembre de 1994, por la que se desarrolla la Disposición Adicional cuarta del Real Decreto 1004/1991.
Primero y Segundo Ciclos: 1 unidad que agrupará ambos ciclos y 20 puestos escolares.
Segundo
Antes del inicio de la impartición de las enseñanzas de Educación Infantil, la Dirección del Área Territorial Madrid-Capital, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
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