ORDEN 3530/2001, de 23 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se modifica la distribución territorial de las comarcas forestales de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La ResoluciÛn 921/1995, de 10 de mayo, estableciÛ la distribuciÛn territorial en comarcas de la antigua Escala de GuarderÌa Forestal al objeto de conjugar la conservaciÛn del medio natural con la utilizaciÛn racional de los recursos humanos de ese colectivo. Posteriormente, la Orden 1004/2000, de 1 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, modificÛ dicha distribuciÛn para adaptarla a la realidad forestal madrileÒa.

La creaciÛn y puesta en funcionamiento del Parque Regional del Curso Medio del rÌo Guadarrama y su Entorno, mediante Ley 20/1999, de 3 de mayo, y las modificaciones producidas en la Orden 4667/2000, de 20 de septiembre, de la ConsejerÌa de Medio Ambiente, por la que se desarrolla parcialmente el Decreto 323/1999, de 11 de noviembre, de estructura org·nica de la ConsejerÌa de Medio Ambiente, entre otras, exigen adoptar una nueva distribuciÛn territorial de los recursos humanos disponibles en el Cuerpo de TÈcnicos Auxiliares de AdministraciÛn Especial,

Escala de Agentes Forestales, asÌ como modificar los nombres y la relaciÛn de municipios que integran las comarcas forestales VI-Alcal· de Henares, IX-Parque Regional del Curso Medio del RÌo Guadarrama y su entorno, X-San MartÌn de Valdeiglesias, XI-Robledo de Chavela y XII-El Escorial.

Por ello, y en aras de una mayor racionalidad en la organizaciÛn de las comarcas forestales de la Comunidad de Madrid, mediante esta Orden se establece una nueva distribuciÛn territorial de las mismas, derogando la anterior.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable

DISPONGO

ArtÌculo 1

Comarcas Forestales

A efectos de organizaciÛn del trabajo de la Escala de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, las comarcas forestales de la misma ser·n las que se relacionan en el Anexo Primero de esta Orden, con su correspondiente desglose en tÈrminos municipales o partes de tÈrminos municipales.

ArtÌculo 2

AdscripciÛn de puestos de trabajo

Las comarcas forestales a las que se refiere el artÌculo anterior tendr·n adscritos los puestos de trabajo que figuran en el Anexo Segundo de esta Orden.

DISPOSICI”N DEROGATORIA ⁄NICA

Queda derogada la Orden 1004/2000, de 1 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se modifica la distribuciÛn territorial de las comarcas forestales de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICI”N FINAL ⁄NICA

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