ORDEN 1461/2003, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones dirigidas a entidades privadas sin fin de lucro, para mantenimiento de centros y servicios de atención a menores con discapacidad.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Familia y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN 1461/2003, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones dirigidas a entidades privadas sin fin de lucro, para mantenimiento de centros y servicios de atención a menores con discapacidad.

Por tratarse de una línea de subvención periódica, de carácter anual, las bases reguladoras de esta convocatoria se establecieron en la Orden 614/2002, de 25 de junio, de la Consejería de Servicios Sociales, por lo que se aprueba la convocatoria anual de subvenciones dirigidas a entidades privadas sin fin de lucro, para mantenimiento de centros y servicios de atención a menores con discapacidad, al objeto de ofrecer atención temprana o tratamiento a niños residentes en la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo ello,

DISPONGO

Artículo 1

Las bases reguladoras de esta subvención serán las contenidas en la Orden 614/2002, de 25 de junio, de la Consejería de Servicios Sociales, que, por tanto, conserva su vigencia salvo en lo relativo al presupuesto máximo destinado a tal fin en la convocatoria y su concreta imputación presupuestaria (datos recogidos en el artículo 4 de la citada Orden).

DISPONGO

Quienes estén interesados podrán obtener copia de la referida Orden 614/2002 en la sede del Instituto Madrileño del Menor y la Familia.

Artículo 2

El presupuesto máximo destinado a la convocatoria del año 2004 a esta subvención es de 861.366 euros, imputables al ejercicio económico 2004. Las subvenciones se harán efectivas con cargo a la Partida 48090 del Programa 940, del Presupuesto del Instituto Madrileño del Menor y Familia para el 2004.

Artículo 3

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente...

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