ORDEN 6806/2003, de 8 de agosto, del Consejero de Trabajo, por la que se establecen las directrices sobre la información y publicidad en los centros colaboradores del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Plan FIP) en la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyOrden

ORDEN 6806/2003, de 8 de agosto, del Consejero de Trabajo, por la que se establecen las directrices sobre la información y publicidad en los centros colaboradores del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Plan FIP) en la Comunidad de Madrid.

El Reglamento (CE) 1159/2000, de 30 de mayo, de la Comisión, sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, establece que para informar a los beneficiarios y a la opinión pública sobre el papel que desempeña la Unión Europea en el desarrollo de los recursos humanos, la formación profesional y el empleo, en la inversión en las empresas y en el desarrollo rural, las autoridades de gestión velarán por que se coloquen carteles en los que se mencione la participación de la Unión Europea y, en su caso, del Fondo correspondiente, en todos los organismos que pongan en marcha o se beneficien de las medidas financiadas por los Fondos Estructurales (oficinas de empleo, centros de formación profesional, cámaras de comercio e industria, cámaras agrarias, agencias de desarrollo regional, etcétera).

Por otro lado, el artículo 11 del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, establece entre las obligaciones de los centros colaboradores la de hacer constar en su publicidad su condición de centro colaborador, así como la existencia de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, exclusivamente para las acciones incluidas en la programación del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.

Asimismo, el artículo 21 de la Orden de 13 de abril de 1994, por la que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 631/1993, al regular las obligaciones de las entidades de todas clases, beneficiarios de subvenciones y compensaciones económicas, en virtud del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, incluye la de exponer en lugar visible, en los locales de sus Centros Colaboradores, que las subvenciones del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional se perciben, cofinanciadamente, del Instituto Nacional de Empleo y del Fondo Social Europeo.

Una vez producido el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de gestión de la formación ocupacional, mediante el Real Decreto 2534/1998, de 27 de noviembre...

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