ORDEN 220/2006, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades que difundan el conocimiento democrático y la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Vicepresidencia Primera y Portavocia del Gobierno |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN 220/2006, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades que difundan el conocimiento democrático y la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; en el decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, y demás disposiciones aplicables, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Convocar la subvención para el ejercicio 2005, destinadas a la realización de actividades que difundan el conocimiento del sistema democrático y la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid. La convocatoria se realiza con arreglo a lo dispuesto en los siguientes apartados:
Primero
Bases reguladoras, objeto y procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
La convocatoria de la subvención se realizará de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras aprobadas por Orden 412/2005, de 28 de noviembre, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 285, de fecha 30 de noviembre de 2005.
El objeto de la subvención es establecer un sistema de ayudas económicas destinadas a la difusión del conocimiento del sistema democrático, de la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid, de sus instituciones, de los servicios que prestan, del reparto competencial entre el Estado y la Comunidad de Madrid, así como al fomento de la participación ciudadana en actos de naturaleza política y sociocultural.
El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo
Solicitud y plazo de documentación
La solicitud de subvención, cuyo modelo figura como anexo I de las precitadas bases reguladoras, se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A la solicitud se acompañará la documentación relacionada en la base reguladora quinta, punto 3.
Tercero
Ámbito temporal, procedimiento y...
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