ORDEN 662/2009, de 14 de abril, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de fundaciones.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura, Deporte y Turismo
Rango de LeyOrden

El artículo 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros órganos jerárquicamente dependientes de aquellos en los términos y con los requisitos que prevean las propias normas de atribución de competencias.

El artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, establece que, en el ámbito de cada Consejería, la titularidad del Protectorado corresponde al Consejero, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia.

Con el objeto de agilizar la gestión administrativa y la toma de decisiones relativas a las fundaciones, se considera conveniente desconcentrar la titularidad y el ejercicio de las competencias del Protectorado de Fundaciones de esta Consejería de Cultura, Deporte y Turismo en el titular de la Secretaría General Técnica.

De acuerdo con lo previsto en dichos preceptos legales, y siguiendo el principio general de desconcentración, establecido en el artículo 3 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo Único

Atribución de competencias

Atribuir al titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de protectorado de fundaciones de la Consejería de Cultura, Deporte y Turismo.

Disposición Derogatoria Única

Derogación normativa

Se deroga la Orden 2081/2007, de 31 de octubre, del Consejero de Cultura y Turismo, por la que se desconcentran en la Secretaría General Técnica las competencias en materia...

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