ORDEN 1466/2003, de 18 de diciembre, de la Consejera de Familia y Asuntos Sociales, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de Protectorado de fundaciones de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Familia y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN 1466/2003, de 18 de diciembre, de la Consejera de Familia y Asuntos Sociales, por la que se desconcentran en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias en materia de Protectorado de fundaciones de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.4 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, la titularidad del Protectorado en el ámbito de cada Consejería corresponde al Consejero, sin perjuicio de la posibilidad de desconcentración de dicha titularidad o delegación del ejercicio de la competencia. Y por otro lado, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 20/2002, de 24 de enero, por el que se regula el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, hasta que el Consejero de Presidencia ordene la implantación efectiva del Protectorado único de la Comunidad de Madrid, las Fundaciones se adscribirán, según su fin prevalente, al Protectorado de la Consejería que corresponda por razón de la materia.

Dado el elevado número de Fundaciones adscritas a este Protectora de Familia y Asuntos Sociales se hace conveniente desconcentrar, al amparo del citado artículo de la Ley 1/1998, la titularidad de la competencia en materia de Protectorado de Fundaciones del ámbito de esta Consejería para agilizar la gestión administrativa y acercar el nivel de toma de decisiones a los ámbitos de competencia material respectivos.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 12.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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