ORDEN 7484/2002, de 16 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se convocan ayudas correspondientes a las acciones descentralizadas de la segunda fase del Programa Sócrates de la Unión Europea para el período comprendido entre el 1 de junio de 2003 y el 31 de julio de 2004.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El Programa Sócrates es el programa de la Unión Europea en materia de educación para la cooperación transnacional, y encuentra su fundamento jurídico en los artículos 149 y 150 del Tratado de Amsterdam, según los cuales la Comunidad Europea 'contribuirá al desarrollo de la calidad de la educación por medio de la cooperación entre los estados miembros, y, si fuese necesario, apoyando y completando su acción'.

La segunda fase del Programa Sócrates fue aprobada por Decisión 253/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de enero de 2000 ['Diario Oficial de las Comunidades Europeas' (DOCE) número L28, de 3 de febrero de 2000], para el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2006.

La Agencia Nacional Sócrates, creada en el ámbito estatal español, garantiza la coordinación, la organización y la gestión financiera del Programa, concediendo en nombre de la Comisión Europea apoyo financiero mediante ayudas individuales o ayudas a instituciones que hayan sido preseleccionadas por las diferentes comunidades autónomas. A su vez, la Orden Ministerial 23057, de 27 de noviembre de 2000 ('Boletín Oficial del Estado' de 19 de diciembre), modificada por la Orden ECD/1141/2002, de 6 de mayo de 2002 ('Boletín Oficial del Estado' de 23 de mayo) establece las normas generales a las que deben atenerse las convocatorias específicas de las comunidades autónomas, de ayudas de las acciones descentralizadas del Programa Sócrates de la Unión Europea.

En consecuencia con lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley 1/1983, de 15 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid

ORDENO

Capítulo primero Artículo 1

Modalidades de ayudas objeto de la convocatoria

Artículo 1

Objeto de la convocatoria

Se convocan ayudas financiadas con cargo a los fondos del Programa Sócrates de la UE para la participación en régimen de concurrencia competitiva en las siguientes acciones descentralizadas del citado programa:

Comenius 1, Asociaciones escolares transnacionales:

1.1. Proyectos escolares Comenius.

1.2. Proyectos lingüísticos Comenius.

1.3. Proyectos Comenius de desarrollo escolar.

1.4. Acogida de Ayudantes Lingüísticos Comenius.

Comenius 2.2, Formación del personal docente: becas individuales de formación:

2.2.A. Becas individuales para la formación inicial del profesorado (futuros profesores).

2.2.B. Ayudantes lingüísticos.

2.2.C. Becas individuales de prácticas (formación permanente del personal educativo).

Grundtvig, Educación de Personas Adultas y otros itinerarios educativos:

Grundtvig 2, Asociaciones de aprendizaje.

Grundtvig 3, Movilidad para la formación del personal de Educación de Adultos.

Observación e innovación:

Arión: visitas de estudio para directivos y responsables de la Administración Educativa.

Visitas preparatorias:

El número de ayudas dependerá de la cantidad asignada a la Comunidad de Madrid para cada una de las acciones, de acuerdo con la fórmula de distribución territorial prevista en la Orden Ministerial número 35057, de 27 de noviembre

de 2000, por la que se establecen las normas generales a las que deben atenerse las convocatorias específicas de las Comunidades Autónomas.

Capítulo segundo Artículos 2 a 8

Criterios generales de presentación, selección, resolución de la convocatoria y percepción de la ayuda

Artículo 2

Documentación y presentación de las solicitudes

Para cada una de las acciones que recoge la presente convocatoria, se presentará el formulario de candidatura, además de la documentación que se indica en cada capítulo, preferentemente en el Servicio del Registro de la Dirección del Área Territorial correspondiente. También se podrá presentar en el Registro de la Consejería de Educación, Gran Vía, 3, 28013 Madrid, o bien a través de cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los formularios de candidatura que se requieren para cada acción se encuentran a disposición de las personas interesadas en los Servicios de Unidad de Programas Educativos de las Direcciones del Área Territorial y en los Centros de Apoyo al Profesorado. También pueden encontrarse en la siguiente dirección de Internet: http://www.mec.es/sgpe

El formulario de candidatura podrá rellenarse on-line, en español, utilizando el formulario electrónico correspondiente a cada acción (si está operativo), al que se accederá desde la dirección siguiente: http://www.mec.es/sgpe/socrates. Dicho formulario podrá ser rellenado y modificado durante todas las sesiones que sea necesario a lo largo del período de convocatoria. Cuando esté completada la última versión, se marcará como finalizada y en ese momento se imprimirá el formulario definitivo. En caso de dificultad técnica insalvable, podrá dirigirse a la Dirección General respectiva o a la Dirección del Área Territorial correspondiente.

Se recuerda que para cualquier aclaración sobre las acciones y procedimientos que se especifican en la presente Orden es imprescindible la lectura de la Guía del Candidato y la Convocatoria General de Propuestas 2003, editada por la Comisión Europea, la cual puede obtenerse en la dirección de Internet citada anteriormente y en la página: http://europa.eu.int/comm/education/socrates.htm

El plazo de presentación será el indicado en los capítulos correspondientes a cada una de las acciones de la presente convocatoria.

Artículo 3

Órgano de instrucción y selección de las solicitudes

  1. Para cada una de las acciones, el órgano de instrucción será la Dirección General que se establece a continuación:

    - Dirección General de Ordenación Académica: las solicitudes correspondientes a las siguientes acciones:

    Comenius 1.1: Proyectos Escolares;

    Visitas preparatorias para los Proyectos Escolares;

    Comenius 1.2: Proyectos Lingüísticos;

    Visitas preparatorias para los Proyectos Lingüísticos;

    Comenius 2.2.A: Formación inicial;

    Comenius 2.2.B: Ayudantes lingüísticos Comenius;

    Comenius 2.2.C: Becas individuales de prácticas (Formación permanente del personal educativo);

    Observación e innovación: Visitas de estudio Arión para personal responsable de la Administración Educativa.

    - Dirección General de Promoción Educativa: las solicitudes correspondientes a las acciones:

    Comenius 1.3: Proyectos de desarrollo escolar;

    Visitas preparatorias para los Proyectos de desarrollo escolar.

    Grundtvig 2: Asociaciones de Aprendizaje;

    Visitas preparatorias para los Proyectos Grundtvig 2.

    Grundtvig 3: Movilidad para la formación del personal de educación de personas adultas.

    - Dirección General de Centros: Las solicitudes correspondientes a la acción Comenius 1.4: Acogida de ayudantes lingüísticos.

  2. Para la selección y valoración de solicitudes, cada una de las Direcciones Generales citadas en el punto anterior constituirán Comisiones Seleccionadoras cuya composición se establece en los capítulos correspondientes a las distintas acciones.

    Estas Comisiones Seleccionadoras podrán establecer, a su vez, con el único objetivo de valorar las solicitudes, Comisiones Técnicas y asimismo estas, en su caso, consultar a técnicos especialistas.

    Las Comisiones Seleccionadoras verificarán que las solicitudes recibidas se ajusten a las características concretas de cada tipo de ayuda y evaluará los proyectos según los criterios establecidos en la Guía del Candidato, en la Convocatoria General de Propuestas 2003 y en la presente Orden.

    Dichas Comisiones tendrán las facultades para resolver todas las dudas relacionadas con el proceso de selección y podrán entrevistar a los solicitantes cuando lo consideren necesario, con el fin de valorar con más profundidad el proyecto.

  3. Tendrán prioridad los proyectos que soliciten la renovación de los mismos, en aquellas acciones que así lo contemplen.

  4. Se dará preferencia a los proyectos cuyo tema de trabajo coincida con las prioridades señaladas por la Comisión Europea en la Convocatoria General de Propuestas 2003.

  5. En igualdad de condiciones de calidad, se dará prioridad a las candidaturas que no hayan disfrutado anteriormente de una ayuda de la Unión Europea o de la Administración Educativa para el mismo tipo de proyecto.

Artículo 4

Resolución de la convocatoria

La Comisión Seleccionadora correspondiente hará públicas en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación (calle Alcalá, 32) y en los de las Direcciones del Área Territorial, las relaciones provisionales de candidaturas admitidas, con expresión de la puntuación alcanzada en las acciones que por su naturaleza así lo requieran, y de candidaturas excluidas, con expresión de la causa.

Los solicitantes podrán presentar reclamación contra esta relación provisional, ante la Comisión Seleccionadora correspondiente, en el plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente de su publicación.

Una vez examinadas dichas reclamaciones, la Comisión Seleccionadora hará público, en los lugares señalados anteriormente, el acuerdo aprobatorio de la relación definitiva de las candidaturas admitidas, con las puntuaciones obtenidas, en las acciones que así lo requieran, y de las candidaturas excluidas con expresión de la causa.

Contra dicho acuerdo de la Comisión Seleccionadora los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del mencionado acuerdo.

Una vez finalizados los procesos selectivos, la Comisión Seleccionadora comunicará a la Agencia Nacional Sócrates las candidaturas preseleccionadas y priorizadas. En las acciones que así lo requieran, tras las pertinentes consultas a las Agencias Nacionales de los países implicados en la actividad, la Agencia Nacional Española confirmará las candidaturas aprobadas y las...

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