ORDEN 3890/2008, de 31 de julio, por la que se desarrolla el Decreto 73/2008, de 3 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

El Decreto 73/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación del profesorado de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, ha procedido a configurar una nueva red de centros de formación permanente del profesorado.

Dicho Decreto establece que el Centro Regional de Innovación y Formación “Las Acacias”, los Centros Territoriales de Innovación y Formación y los Centros de Formación Ambiental dependen, orgánica y funcionalmente, de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza.

Tal y como prevé el citado Decreto, procede desarrollar algunos aspectos del mismo relacionados con la organización y el funcionamiento de todos los centros de la red de formación y, de manera especial, del Centro Regional de Innovación y Formación “Las Acacias” y de los Centros Territoriales de Innovación y Formación.

La disposición final primera del mencionado Decreto autoriza a las Consejerías de Educación y Hacienda a dictar cuantas disposiciones sean precisas y a adoptar las medidas oportunas para la aplicación y desarrollo de lo que en él se establece.

En virtud de dicha autorización,

DISPONGO

Capítulo I Artículos 1 a 5

Red de formación permanente del profesorado

Artículo 1

Objeto

La presente Orden tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de los centros de la red de formación del profesorado de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Centros de formación del profesorado

La distribución de la red de centros de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, creados por el Decreto 73/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, es la siguiente:

— Centro Regional de Innovación y Formación “Las Acacias”.

— Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Capital.

— Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Sur (Leganés.)

— Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Este (Alcalá de Henares)

— Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Oeste (Collado Villalba).

— Centro Territorial de Innovación y Formación Madrid Norte (San Sebastián de los Reyes).

— Centros de Formación Ambiental.

Artículo 3

Plan de actuación

El equipo directivo de cada centro será el responsable de la planificación y desarrollo de la oferta de actividades para cada curso escolar, que serán incluidas en su plan de actuación.

Entre otros aspectos, el plan deberá recoger las actividades que se pretenden desarrollar, el ámbito de actuación y características del profesorado y personal de formación al que van dirigidas dichas actividades y la información del centro que sea relevante para la consecución de los objetivos propuestos.

Dicho plan, cuyas actividades formarán parte del plan de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, será presentado antes del 30 de octubre para su aprobación a la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza.

Artículo 4

Memoria anual

Al finalizar el curso, cada centro elaborará una memoria anual que evaluará el plan de actuación. En dicha memoria se establecerán las directrices para la planificación del curso siguiente, así como las propuestas de mejora que se deseen introducir en las actividades de formación.

Este documento incluirá el análisis pormenorizado de las actividades realizadas, la descripción general de la organización y el funcionamiento del centro y de sus departamentos o asesorías, el sistema de evaluación utilizado para asegurar la calidad y adecuación de la formación impartida y los proyectos de mejora de...

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