ORDEN 376/2009, de 2 de junio, por la que se delegan deter minadas competencias en materia de patrimonio histórico.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorVicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno
Rango de LeyOrden

La Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 16 que corresponde al Consejero competente en materia de cultura autorizar la inclusión de bienes en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid. Por su parte, el artículo 37 de dicha Ley dispone que los traslados de bienes muebles declarados de interés cultural inventariados deben ser autorizados por la Consejería competente en materia de cultura.

Dado el elevado volumen de ambos tipos de autorizaciones se considera conveniente su delegación en el titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico, a los efectos de agilizar el procedimiento para su concesión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

En materia de inclusión de bienes en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid

Delegar en el titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico la resolución de los procedimientos de inclusión de bienes muebles en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de...

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