DECRETO 58/2018, de 21 de mayo, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Comunidad
Rango de LeyDecreto

El artículo 17.1 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, dispone que el Presidente de la Comunidad de Madrid ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en la misma, preside y dirige la actividad del Gobierno, designa y separa a los Vicepresidentes y Consejeros y coordina la Administración.

El artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, dispone que el Presidente de la Comunidad de Madrid tiene competencia para variar la denominación y el número de las Consejerías.

En su virtud,

DISPONGO

Artículo 1

Número y denominación de las Consejerías

La Administración de la Comunidad de Madrid se estructura en las siguientes Consejerías, de acuerdo con el siguiente orden de prelación:

  1. Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.

  2. Economía, Empleo y Hacienda.

  3. Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

  4. Sanidad.

  5. Políticas Sociales y Familia.

  6. Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

  7. Educación e Investigación.

  8. Cultura, Turismo y Deportes.

  9. Justicia.

Artículo 2

Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno

  1. Corresponde a la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, con excepción de las relativas a la materia de justicia.

  2. Igualmente, le corresponde las competencias en materia de administración local que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

Artículo 3

Consejería de Economía, Empleo y Hacienda

Corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda las competencias que actualmente tiene atribuidas.

Artículo 4

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, salvo las relativas a...

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