DECRETO 281/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, ha creado la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, que asume las competencias en materia de Portavocía, Gobierno Abierto, Transparencia y Atención al Ciudadano que ostentaba la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, así como las competencias en materia de Deportes que tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.
Por su parte, el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las consejerías de la Comunidad de Madrid establece los órganos políticos y directivos de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.
En consecuencia, procede ahora concretar la estructura y competencias, hasta el nivel de subdirección general, de los distintos órganos administrativos que la integran, así como sus entidades y órganos adscritos o dependientes. El presente proyecto supone una nueva distribución de competencias, al atribuir a la Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, una serie de competencias en materia de relaciones con las federaciones y restantes asociaciones deportivas.
Los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, son observados en el contenido y tramitación seguida por este decreto. Conforme a los principios de necesidad y eficacia se trata de una norma necesaria para el desarrollo de la organización administrativa establecida en el Decreto 73/2019, de 27 de agosto. De acuerdo con el principio de proporcionalidad contiene la regulación imprescindible para definir la estructura y competencias de los órganos políticos y directivos de la consejería; y conforme al principio de seguridad jurídica se adecua a la legislación estatal básica y autonómica en la materia. El proyecto ha sido sometido a los informes preceptivos de la Consejería de Hacienda y Función Pública, de las secretarias generales técnicas y, en particular, de la Consejería de Presidencia en materia de calidad normativa, no resultando preceptivos los trámites de consulta pública y de audiencia e información pública al tratarse de una norma de carácter organizativo.
En su virtud, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Función Pública, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión de 29 de octubre de 2019,
DISPONE
Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno
Competencias del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno
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La Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno es el departamento de la administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en las materias de deporte, transparencia y portavocía del Gobierno.
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En particular, el titular de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno ostenta la Vicepresidencia de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y ejerce, las competencias que le atribuye el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y demás disposiciones en vigor en las siguientes materias:
a) Transparencia e información pública.
b) Gobierno abierto.
c) Buen gobierno.
d) Calidad de los servicios.
e) Atención al ciudadano.
f) Estadística.
g) Deportes.
h) Administración electrónica.
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Asimismo, como Portavoz del Gobierno, al titular de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno le corresponde dar a conocer y difundir la política institucional del Gobierno de la Comunidad de Madrid y participar en la política informativa del Gobierno.
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A los titulares de las Viceconsejerías de Deportes y de Transparencia les corresponderá la representación de la Consejería en sus respectivos ámbitos de competencias, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del titular de la Consejería.
Estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno
La Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno ejerce las atribuciones señaladas en el artículo 1 a través de los siguientes órganos:
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Viceconsejería de Deportes, integrada por:
a) Dirección General de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte.
b) Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte.
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Viceconsejería de Transparencia, integrada por:
a) Dirección General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano.
b) Dirección General de Estadística.
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Secretaría General Técnica.
Consejo de Dirección
Presidido por el titular de la Consejería, y para asistirle en la planificación, formulación y desarrollo de las directrices generales del departamento, funcionará un Consejo de Dirección, del que formarán parte los titulares de sus órganos así como cualquier otro miembro de esta o de la Administración institucional a ella adscrita que el titular de la Consejería considere necesario.
Viceconsejería de Deportes
Competencias de la Viceconsejería de Deportes
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Corresponde a la Viceconsejería de Deportes la ejecución, bajo la superior dirección del titular de la Consejería, las competencias previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, respecto de las competencias relacionadas en el artículo 1.2.g).
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En particular, ejerce las competencias sobre el sector de actividad administrativa asignado o que le delegue el Consejero, las competencias inherentes a su responsabilidad de dirección y, en particular, dirige y coordina las direcciones generales situadas bajo su dependencia, impulsa la consecución de los objetivos y la ejecución de los proyectos de su ámbito material de competencias que le encargue el Consejero, controla su cumplimiento, supervisa la actividad de los órganos directivos que tenga adscritos, imparte instrucciones a sus titulares, ejerce las competencias atribuidas al Consejero en materia presupuestaria con los límites que, en su caso, se establezcan por aquél y resuelve los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los órganos directivos que dependan directamente de él y cuyos actos no agoten la vía administrativa, así como los conflictos de atribuciones que se susciten entre dichos órganos, conforme al artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre.
Competencias de la Dirección General de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte
Corresponden a la Dirección General de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, las siguientes:
a) La propuesta de las directrices de la política de fomento de actividad física y deporte en el ámbito de la Comunidad de Madrid, así como la elaboración y seguimiento de la planificación general e integral de la actividad física y deporte en la Comunidad de Madrid en el ámbito de sus competencias, a través del plan estratégico de la Viceconsejería.
b) El diseño y evaluación de estrategias dirigidas a la promoción de la actividad física y el deporte en la Comunidad de Madrid así como la coordinación y cooperación con municipios y demás entidades públicas o privadas. Asimismo, la potenciación de la transversalidad de la actividad física y deporte.
c) La planificación de la normativa en materia de deporte de las competencias de esta dirección general, sin perjuicio de las asignadas a otros órganos de la Consejería.
d) La colaboración con los municipios para el establecimiento y la adecuada prestación de los servicios públicos deportivos municipales, proponiendo las fórmulas de coordinación de los mismos, para la garantía de la adecuada e integral prestación del servicio y para la promoción en los municipios de la actividad física y deporte.
e) El impulso de la evaluación de los programas desarrollados por la Viceconsejería de Deportes.
f) El fomento, planificación, diseño y desarrollo de actividades de formación permanente y actualización del sector de la actividad física y deporte.
g) La promoción, organización o colaboración en la realización de cursos, seminarios, congresos, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación con entidades públicas o privadas.
h) La ordenación, promoción y fomento de la formación para el sector de la actividad física y deporte, en especial la formación y el perfeccionamiento de los técnicos deportivos, en colaboración con las federaciones deportivas y, en su caso, los municipios.
i) La planificación y realización de programas y actuaciones de divulgación y publicaciones en materia de actividad física y deporte.
j) La promoción e impulso de la investigación científica e innovación en materia de actividad física y deporte así como la...
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