DECRETO 152/2018, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorVICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Para el Gobierno de la Comunidad de Madrid las víctimas del terrorismo constituyen un referente ético de nuestra democracia, por lo que considera un deber moral y jurídico preservar su reconocimiento público y su dignidad. A tal fin, mantiene un compromiso firme e ineludible tanto en velar por su memoria como en reparar íntegramente aquellas necesidades derivadas de su condición de víctimas.

Por ello, se modifica el Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, para la creación de la figura del Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para la Atención a las Víctimas del Terrorismo, adscrito a la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, con el fin de garantizar la interlocución con las víctimas del terrorismo, la tramitación y gestión de las ayudas económicas y medidas asistenciales para asegurar su protección integral, así como promocionar entre la ciudadanía los valores democráticos de convivencia y respeto a los principios constitucionales.

El presente Decreto está compuesto por un artículo único relativo a la modificación del Decreto 87/2018, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente Decreto se fundamenta en el principio de eficacia de la actuación administrativa de la Comunidad de Madrid, su contenido resulta proporcional a los objetivos previstos; de acuerdo con el principio de seguridad jurídica, en su tramitación se ha respetado el procedimiento establecido y contribuye a la clarificación de la organización de acuerdo con el principio de transparencia.

En la tramitación del Decreto se ha seguido el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general previsto en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Gobierno, así como las instrucciones generales para la aplicación de dicho procedimiento, aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 31 de octubre de 2016, con las especialidades correspondientes al supuesto concreto que se refiere a una norma de carácter organizativo sin impactos en el ámbito económico. A este respecto, se han recabado los informes preceptivos correspondientes a su carácter...

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