DECRETO 139/2017, de 7 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 75/2016, de 12 de julio, por el que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 700.000.000 euros, estableciendo un régimen especial de justificación para la anualidad 2017.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Octubre de 2017
SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Rango de LeyDecreto

Con fecha 14 de julio de 2016 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Decreto 75/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2016-2019, con una aportación de la Comunidad de Madrid de 700.000.000 de euros.

En dicho Decreto se prevé, en su artículo 8, que por Acuerdo del Consejo de Gobierno se aprobará el Plan de Actuación, que es el acto administrativo que concreta la asignación inicial económica que corresponde a cada municipio destinatario del Programa y, en su caso, la aportación municipal y la suma de ambos.

En el artículo 8.4 del citado Decreto 75/2016, de 12 de julio, se otorga un plazo a las Entidades Locales de tres meses siguientes a la entrada en vigor del mismo, para que propongan el porcentaje de aportación municipal regulado en el artículo 6, así como la gestión de su actuación, en los casos previstos en el artículo 10.

Una vez finalizado dicho plazo, se realizó la evaluación de las necesidades de gasto corriente y de inversión objeto del Programa, en función de los criterios establecidos en el artículo 8.3 del Decreto 75/2016, de 12 de julio, aprobándose el Plan de Actuación, momento a partir del cual, conocida ya la asignación económica inicial a cada municipio, comenzaron a darse de alta las actuaciones objeto del Programa solicitadas por las Entidades Locales.

Por otro lado, la financiación necesaria para ejecutar el Programa ha de constar en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, presupuestos que se publicaron en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 19 de mayo de 2017.

Estas circunstancias aconsejan, a fin de facilitar la gestión del Programa y hacer realidad la financiación suficiente de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid para el cumplimiento de los servicios que tienen atribuidos por la legislación vigente, diferir la justificación anual del cumplimiento del Programa, relativa a la anualidad de 2017, a todo el período de vigencia del mismo, de tal forma que el porcentaje del 30 por 100 del importe equivalente a su asignación inicial autonómica en concepto de gasto corriente, gastos asociados, certificación de adjudicación de obra, certificación final y liquidación de obra y adquisición de suministros, deberá acreditarse durante los años 2017 y siguientes hasta que finalice el Programa.

No obstante lo anterior, no...

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