DECRETO 11/2019, de 5 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de Libertad de Elección de Centro Escolar en la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
Rango de LeyDecreto

El Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid establece el marco y el procedimiento general para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Educación Especial en la Comunidad de Madrid.

La experiencia acumulada desde su entrada en vigor y las mejoras procedimentales derivadas de la aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hacen necesaria su modificación con el fin de facilitar, entre otros objetivos, la mejora de la equidad y transparencia en la admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, el agrupamiento de hermanos en un mismo centro educativo y la unificación del sorteo público que permita resolver los posibles casos de empate en puntuación que se produzcan en cada centro.

El presente Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, se dicta al amparo de las competencias que corresponden a la Comunidad de Madrid de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y la disposición final sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Este Decreto se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en particular a los principios de necesidad y eficiencia. En este sentido, como ya se ha indicado, facilitar el agrupamiento de hermanos en un mismo centro, medida que contribuye a facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar requiere la modificación del baremo de admisión establecido en el Decreto 29/2013. Igualmente se ha estimado necesario actualizar y modificar algunos aspectos concretos del proceso de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos, tales como el desarrollo del sorteo público que permita resolver casos de empate entre varias solicitudes. Dado el carácter puntual de dichas modificaciones, en aplicación de los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia, la Comunidad de Madrid ha optado por realizar una modificación parcial de la normativa vigente.

En el proceso de elaboración de este Decreto ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se ha sometido al trámite de audiencia e información pública y se han tenido en cuenta los informes preceptivos emitidos por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación e Investigación y por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid. La aprobación de este Decreto corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación e Investigación, de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid emitido con fecha 21 de febrero de 2019, previa deliberación en su reunión del día 5 de marzo de 2019, el Consejo de Gobierno

DISPONE

Artículo único

Modificación del Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de...

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