ORDEN 2003/1999, de 14 de mayo, de la Consejería de Economía y Empleo, sobre declaraciones de cultivo de lino textil y cáñamo para la campaña de comercialización 1999/2000 (cosecha 1999).

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

El Reglamento (CEE) 1308/1970 del Consejo, de 5 de junio, modificado en último término por el Reglamento (CEE) 3290/1994 del Consejo, de 22 de diciembre, por el que se establece la Organización Común del Mercado en el Sector del Lino Textil y Cáñamo, instituye una ayuda por hectárea de superficie sembrada y recolectada para el lino textil destinado principalmente a la producción de fibra y para el cáñamo producidos en la Comunidad.

El Reglamento (CEE) 619/1971 del Consejo, de 22 de marzo, fijó las normas generales de concesión de la ayuda para el lino textil y el cáñamo cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) número 1420/1998.

El Reglamento (CEE) 1164/1989 de la Comisión, de 28 de abril, modificado en último término por el Reglamento (CE) número 2814/1998 de la Comisión, de 22 de diciembre, relativo a las disposiciones de aplicación de la ayuda para el lino textil y el cáñamo y dispone la obligatoriedad que tienen los productores de lino textil o cáñamo de presentar anualmente una declaración de superficie sembrada y una declaración de superficie.

El Real Decreto 2721/1998, de 18 de diciembre, sobre determinadas ayudas comunitarias en el sector agrario establece, entre otros aspectos, la obligación de declarar las superficies de lino textil y cáñamo a efectos de poder tener derecho a la ayuda específica establecida para estos cultivos.

La Orden 305/1999, de 25 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, dictó las normas para el cumplimiento en la Comunidad de Madrid de lo establecido en el Real Decreto 2721/1998.

El artículo 26.3.1.4 de la Ley orgánica 5/1998, de 7 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica 3/1998, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.

La Consejería de Economía y Empleo, a través de la Dirección General de Agricultura y Alimentación, ejerce las competencias

en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con el artículo 19 del Decreto 258/1995, modificado por el Decreto 95/1997.

En su virtud, cumplidos los trámites reglamentarios.

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

Por la presente Orden se establecen las obligaciones de los productores que deseen acogerse a las ayudas a la producción de lino textil y de cáñamo, durante la campaña de comercialización 1999/2000 (cosecha 1999).

Artículo 2

Obligación de declarar

  1. Los productores que deseen acogerse a las ayudas a la producción de lino textil y de cáñamo, durante la campaña de comercialización 1999/2000 (cosecha 1999), presentarán una Declaración...

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