ORDEN 421/2007, de 28 de marzo, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para cursar estudios de posgrado en el Colegio Europa de Brujas (Bélgica), correspondiente al año 2007, y las correspondientes prácticas para el ejercicio presupuestario 2008.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden
Artículo 1

Objeto

La presente Orden convoca una beca para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa de Brujas (Bélgica), para el año 2007, en los términos establecidos en las Bases Reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas para cursar estudios de postgrado en el Colegio de Europa, aprobadas por Orden 716/2005, de 4 de mayo, del Consejero de Presidencia, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de mayo de 2005, con el fin de obtener el ?Diplôme de Etudes Européenes?.

Artículo 2

Áreas de la beca

La presente beca permite la opción de escoger entre las siguientes áreas: Política y Administración, Derecho, Economía y Desarrollo de los Recursos Humanos.

Artículo 3

Financiación

Para el cumplimiento del objeto de esta Orden se destinarán créditos presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2007 y 2008 en el subconcepto 48390 del programa de gastos 103, por importe de 17.904 euros para la anualidad del 2007, y de 2.500 euros para la anualidad 2008.

Artículo 4

Tipo de procedimiento

El procedimiento de concesión de esta beca será el de concurrencia competitiva.

Artículo 5

Requisitos de los candidatos

Los candidatos deberán de reunir los requisitos previstos en el artículo 3 de las Bases Reguladoras.

Artículo 6

Documentación a presentar

Los candidatos deberán presentar la documentación prevista en el artículo 6 de las Bases Reguladoras.

Artículo 7

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo máximo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente convocatoria de concesión de la beca.

Artículo 8

Órganos competentes y procedimiento

  1. ??El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

  2. ??Si del estudio de los expedientes se deduce ausencia o insuficiencia de documentación o existencia de algún dato erróneo en la misma, los aspirantes serán requeridos para que completen el expediente en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de recepción de la notificación, con la advertencia de que, transcurrido ese plazo, si no se...

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