ORDEN 5833/2007, de 23 de noviembre, de la Consejería de Educación, por la que se convoca el XV Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 2, señala que el sistema educativo se orientará a tener entre sus fines el desarrollo de la personalidad y la creatividad de los alumnos y tendrá entre sus objetivos la comprensión del lenguaje artístico.

La Consejería de Educación promueve el teatro escolar en los centros educativos con el objeto de introducir a los estudiantes en una dimensión estética que pasa por la voz, la gracia del cuerpo en el espacio, la comprensión de textos clásicos y modernos, la dicción, la declamación de textos poéticos, etcétera.

El teatro escolar es, además, una actividad participativa en la que los alumnos se sienten identificados con el grupo, el profesor y el centro. La existencia de un proyecto común conduce al propósito de exigirse cada vez más y descubrir que los límites iniciales de un individuo nunca son definitivos.

Por otra parte, la Consejería de Educación fomenta el aprendizaje de la lengua inglesa entre los escolares madrileños con diversas iniciativas, entre las que destaca el programa de Colegios Bilingües de la Comunidad. La modalidad de teatro en inglés se suma al objetivo del dominio oral y escrito de este idioma y permite el conocimiento de los aspectos más destacados de la cultura y la tradición literaria anglosajonas.

La Orden 6206/2006, de 25 de octubre, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de noviembre), estableció las bases reguladoras del Certamen de Teatro Escolar a través de la Dirección General de Ordenación Académica.

El Decreto 40/2007, de 28 de junio, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, señala en el artículo 6.5 la creación de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, que asume las competencias de la anterior Dirección General de Ordenación Académica en cuanto a la formación permanente del profesorado, la innovación y la evaluación. Asimismo, el artículo 9.b) del Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, señala entre las competencias de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza “la gestión e impulso de convocatorias de ayudas económicas y premios a los centros docentes y a profesionales para acciones o programas vinculados a la educación”.

Por todo ello, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, establece la concesión de premios para estimular la actividad teatral en inglés y en español en los centros escolares.

Con esta Orden se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

A tal fin y en su virtud,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

El objeto de la presente Orden es convocar, de conformidad con la Orden 6206/2006, de 25 de octubre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de noviembre de 2006), el XV Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid, para estimular con premios la formación y la actividad de grupos escolares de teatro en los centros educativos públicos y concertados. La referencia realizada a la Dirección General de Ordenación Académica en la Orden 6206/2006 deberá entenderse efectuada a favor de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 40/2007, de 28 de junio, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio).

Artículo 2

Asignación económica

El presupuesto asignado para financiar la presente convocatoria será de 65.000 euros, con cargo a la partida 48500 del programa económico 509, imputándose íntegramente al ejercicio económico de 2008, estando condicionada la mencionada financiación a la aprobación del correspondiente presupuesto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo.

Artículo 3

Modalidades de participación

Se establecen dos modalidades distintas:

Modalidad A: Educación Primaria. Representación de una obra teatral en inglés. Género, autor y época de libre elección.

Modalidad B: Educación Secundaria. Representación de una obra teatral en castellano. Género, autor y época de libre elección.

Artículo 4

Destinatarios

Podrán participar en el Certamen de Teatro Escolar los centros públicos y concertados de la Comunidad de Madrid que cuenten con un grupo teatral formado por alumnos correspondientes al nivel de Educación Primaria (modalidad A), o al nivel de Educación Secundaria (modalidad B).

Podrán participar también los alumnos de centros de Educación Especial.

Artículo 5

Requisitos

Para poder participar en la presente convocatoria los centros deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1.   Existencia de un grupo teatral constituido por un mínimo de diez actores con edades que, en el caso de la modalidad B, no podrán superar los veinte años de edad en la fecha de publicación de la presente convocatoria.

    En el caso de alumnos de Educación Especial, las edades de los actores se corresponderán con las del nivel de Educación Primaria (modalidad A) o las del de Educación Secundaria (modalidad B). En ningún caso, podrá haber alumnos que sobrepasen los veinte años de edad en la...

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