ORDEN 468/1999, de 23 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se constituye la Comisión Departamental para la Introducción del Euro.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

Mediante el Decreto 152/1997, de 6 de noviembre, se creó la Comisión de Coordinación para la introducción de la moneda única europea en el ámbito de la Comunidad de Madrid a fin de optimizar el resultado final de la adopción del euro para la economía y los ciudadanos madrileños, una vez se dé respuesta a los costes e inconvenientes que conlleva, aprovechando las oportunidades de crecimiento derivadas de dicha adopción de la moneda única para el conjunto de nuestra Región.

En el citado Decreto se establecen las funciones, líneas básicas de actuación y miembros de derecho necesario que han de formar parte de las Comisiones Departamentales, a constituir en cada una de las Consejerías mediante Órdenes de sus respectivos titulares, y facultando a los mismos para llevar a cabo la determinación específica de los restantes miembros que han de completar su composición.

En base a lo expuesto, y en cumplimiento de dicha previsión, la presente Orden viene a constituir la Comisión de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la introducción del euro.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me son conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo primero

Constitución de la Comisión

Se constituye, mediante la presente Orden, la Comisión de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la introducción de la moneda única europea.

Artículo segundo

Composición

  1. Dicha Comisión quedará integrada por los siguientes miembros:

    ¾ Titular de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.

    ¾ Titular de la Viceconsejería de Sanidad y Servicios Sociales.

    ¾ Titular de la Dirección General de Sanidad o persona en quien delegue.

    ¾ Titular de la Dirección General de Salud Pública o persona en quien delegue.

    ¾ Titular de la Dirección General de Servicios Sociales o persona en quien delegue.

    ¾ Titular de la Dirección General de la Mujer o persona en quien delegue.

    ¾ Titular de la Dirección General de Economía y Planificación (Consejería de Economía y Empleo).

    ¾ Titular de la Dirección General de Comercio y Consumo (Consejería de Economía y Empleo).

    ¾ Titular de la Dirección General de Planificación Financiera (Consejería de Hacienda).

    ¾ Titular de la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos (Consejería de...

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